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La Guardia Civil, la más dura con Ortega Cano

Los peritos de la Guardia Civil se han mostrado mucho más duros contra el exdiestro que los de la defensa. 

Los peritos de la Guardia Civil se han mostrado mucho más duros contra el exdiestro que los de la defensa. 
Ortega Cano en los juzgados de Sevilla | Efe

Dos peritos propuestos por la defensa del extorero José Ortega Cano, para quien la Fiscalía de Sevilla pide cuatro años de cárcel por al accidente mortal ocurrido en mayo de 2011 en el que falleció Carlos Parra, han ratificado este martes que el acusado circulaba a una velocidad de entre 79 y 96 kilómetros por hora, en contra de lo asegurado por la Guardia Civil, que mantiene que el imputado iba a 125 kilómetros por hora.

Durante su comparecencia en calidad de peritos ante el Juzgado de lo Penal número 6 de Sevilla, los ingenieros industriales de la Universidad de Zaragoza Juan José Alba y Alberto Iglesia han señalado que el vehículo Seat Altea en el que viajaba la víctima circulaba a una velocidad situada entre los 32 y los 40 kilómetros por hora.

Al igual que los testigos, que también dieron versiones contradictorias, los peritos propuestos por la defensa han llegado a conclusiones distintas a las del Instituto Armado al realizar una aplicación diferente de los teoremas de la Energía y de la Cantidad de Movimiento, a lo que se suma la "discrepancia" en lo que se refiere a las energías absorbidas en la deformación por ambos vehículos.

Un choque "poco habitual"

La "discrepancia" entre los peritos y la Guardia Civil se origina "en la interpretación sobre la forma de colisionar los coches", han explicado Alba e Iglesia, quienes consideran que el Mercedes R-320 del extorero "rompió la carrocería del Seat Altea de forma poco habitual", produciéndose "un resbalamiento" tras el que ambos vehículos continuaron sus trayectorias hasta pararse.

Los agentes del Equipo de Reconstrucción de Accidentes (ERAT) de la Guardia Civil han intervenido en ese momento para poner de manifiesto que "la colisión no se produjo" tal y como los peritos de la defensa han expuesto a través de unas imágenes virtuales reproducidas en un ordenador, mientras que el fiscal ha criticado que los peritos hayan empleado para su recreación dos vehículos iguales, ejemplificando que la colisión "fue como una canica contra una bola de billar".

Asimismo, los dos peritos de la defensa han dicho "no poder descartar" que el acusado pudiera sufrir antes de la colisión un desvanecimiento momentáneo, pues "no tenemos elementos objetivos para saber las trayectorias de colisión de ambos coches".

Invasión del carril

Un tercer perito propuesto por la defensa, el ingeniero técnico industrial y especialista en reconstrucción de accidentes de tráfico Francisco Galadi Rey, no ha podido comparecer en el juicio al encontrarse indispuesto. Este perito, en un informe elevado al Juzgado instructor, concluyó que la invasión del carril contrario por parte de Ortega Cano "fue puntual e iba a resultar momentánea, dado que existen claros indicios referentes a que Ortega Cano reaccionó rápidamente y dirigió de nuevo su vehículo hacia su carril de origen".

De su lado, un perito propuesto por Mutua Madrileña, una de las compañías aseguradoras del vehículo del acusado, ha ratificado el informe realizado por la Guardia Civil y ha aseverado que el coche del extorero "invadió completamente el carril contrario al menos durante tres segundos y 90 metros".

Además, ha opinado que la invasión del carril contrario no fue "momentánea", ya que "eso llevaría implícito pegar un volantazo y perder el control del vehículo" hasta producir el vuelco.

Lucro cesante

En la jornada de este martes se ha practicado también la prueba pericial de lucro cesante, pues hay que recordar que la acusación particular que ejerce la familia de la víctima pide una indemnización de cerca de 500.000 euros por este concepto, derivado del dinero que el fallecido habría ingresado hasta la fecha de su jubilación en caso de no haberse producido el accidente mortal.

Sobre este particular, el perito propuesto por la acusación particular, licenciado en Economía, ha cifrado dicho lucro cesante en 168.953 euros -una vez deducida la pensión de viudedad que cobra su mujer-, para lo que ha tenido en cuenta que el finado se jubilara a los 67 años, además de analizar un borrador con su declaración de la renta correspondiente al año 2010, en el que se indica que cobraba 1.326 euros mensuales. "Se trata de un cálculo más bien conservador", ha indicado.

Frente a ello, dos peritos propuestos por las compañías aseguradoras –Mutua Madrileña y Línea Directa– han explicado que el finado llevaba en paro dos años hasta septiembre de 2010, tras lo que cobró únicamente dos meses el subsidio de desempleo, sin aportar más ingresos hasta el 28 de mayo de 2011, cuando se produjo el accidente mortal.

Tras precisar que el fallecido tuvo en los últimos nueve años de su vida hasta 19 contratos temporales con el Ayuntamiento de Castilblanco de los Arroyos, han aseverado que "no se puede partir de un borrador sin firma y sin sello" para calcular el lucro cesante, "sobre todo teniendo en cuenta su vida laboral".

Una vez concluidas las pruebas periciales, la juez ha suspendido la vista oral hasta las 16:30 horas, cuando se reanudará con los informes finales por cada una de las partes personadas en este proceso.

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