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Maria Teresa Campos, condenada por atentar contra el honor de José María Aznar y Ana Botella

El Alto Tribunal desestima los recursos interpuestos por la periodista.

El Alto Tribunal desestima los recursos interpuestos por la periodista.
Maria Teresa Campos | Archivo

La periodista Maria Teresa Campos ha sido condenada por atentar contra el derecho al honor y la intimidad del matrimonio formado por el expresidente José María Aznar y la alcaldesa de Madrid, Ana Botella.

La Sala Primera del Tribunal Supremo ha confirmado la condena a Campos y a abonar 60.000 euros por daños morales y las costas generadas por los recursos desestimados, reafirmando la decisión anterior. La sentencia, que viene a colación de unas declaraciones de la periodista sobre la supuesta separación matrimonial de Aznar y Botella, se hace efectiva el jueves 19 de diciembre.

"La libertad de información no puede en este caso prevalecer sobre el derecho al honor y la intimidad personal y familiar de los demandantes, pues el grado de afectación del primero es inexistente y el grado de afectación de los segundos es de gran intensidad", asegura la sentencia.

La sentencia se refiere a una serie comentarios realizados por la citada demandada en el programa Protagonistas emitido el 23 de noviembre de 2007 en la emisora Punto Radio, en las que se identificó con nombre y apellidos al expresidente como la persona a la que se refería la noticia divulgada el día anterior por Telecinco en su programa Aquí hay tomate, relativa a una separación matrimonial por culpa de una relación extramatrimonial.

Asimismo, concluye "desestimar el recurso extraordinario por infracción procesal y el recurso de casación interpuestos por María Teresa Campos contra la sentencia de 11 de febrero de 2011, dictada en grado de apelación por la Audiencia Provincial de Madrid, con expresa imposición de las costas causadas por ambos recursos a la parte recurrente y la pérdida de depósitos constituidos".

El Tribunal, de ese modo, considera como un "hecho probado" que la célebre periodista identificó claramente al demandante como "aquel político muy importante cuyo matrimonio está a punto de romperse por una infidelidad" y, a continuación, afirmó que "no tenía ni idea", que "no tenía ningún dato".

Algo que, según se ha estimado, supone no sólo una "intromisión en el honor y la intimidad de los afectados" sino también se trató de "una información falsa", no estando amparada la periodista por la excepción de "reportaje neutral" habida cuenta que "no se limitó a reproducir lo antes dicho por el periodista D. Jorge Javier Vázquez" el día anterior en Telecinco.

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