
El juicio por impago de pensión que acorrala a Rocío Carrasco desde 2018 sigue su curso. La Fiscalía, Antonio David Flores y el propio David Flores, hijo de la juzgada, solicitan un año de cárcel y una multa de entre 15.000 y 19.000 euros para Rociíto por no pagar los 200 euros mensuales que una jueza de Violencia contra la Mujer le obligó a desembolsar.
Este mismo miércoles 28 de junio las partes debían presentarse en lo Juzgados de lo Penal de Julián Camarillo de Madrid. Mientras que Antonio David llegó puntual junto a su abogado Iván Hernández y acompañado de los hijos de ambos, David y Rocío Flores, Rocío Carrasco no acudió, justificando su representante legal "que su clienta no había sido pertinentemente notificada".
"Al domicilio de Carrasco no se puede acceder fácilmente. Las notificaciones se tienen que dejar en un buzón. De ahí, el considerar que no ha sido notificada", relata el periodista y abogado Jesús Manuel Ruiz. El juicio, al no presentarse una de las partes, ha sido suspendido.

David, que vive desde hace seis años con su padre, padece una enfermedad genética, motivo por el que en enero de 2018 un juez decretó que el joven sigue siendo "dependiente económicamente" y fijó que Rocío Carrasco debía pagar desde entonces 200 euros mensuales en concepto de pensión de alimentos. Rocío Flores también se fue a vivir con su padre cuando cumplió los 15 años, pero la juez rechazó otorgarle una pensión alimenticia después de que fuera condenada por agredir a su madre.
En la última querella presentada por Antonio David, afirma que Rocío no ha pagado nunca la pensión alimenticia de su hijo: "La querellada ha mostrado apatía, desidia, negligencia y abulia respecto a sus obligaciones como madre, tanto afectivas como económicas, que nunca ha satisfecho desde la primera resolución judicial referente al caso", se recoge en el escrito presentado ante la jueza.
Los representantes de Antonio David Flores sostienen que "la querellada dispone de los medios e ingresos suficientes para dar el debido cumplimiento a las resoluciones judiciales que le obligan al pago de la pensión alimentaria a favor de su hijo menor David. Por tanto de mala fe se refleja la falta de preocupación e interés y su escasa intención de no querer satisfacer con la obligación del pago de la pensión alimentaria ni del seguro médico que estaba a su cargo desde el primer convenio pactado entre ambos".