
El Gobierno ha presentado el segundo borrador del Real Decreto que desarrollará los llamados listados positivos de animales de compañía, una norma clave de la Ley de Bienestar Animal que cambiará radicalmente qué mascotas pueden tenerse en casa.
La idea es sencilla, pero supone un giro importante: en lugar de permitir todas las mascotas salvo las que están expresamente prohibidas, el nuevo sistema funciona al revés. Solo se podrán tener aquellas especies incluidas en un listado oficial. Todo lo demás, en principio, quedará fuera o necesitará una autorización expresa.
Qué dice el borrador
Al igual que en el primer borrador, el texto establece que habrá dos listados: el listado de animales domésticos y el listado positivo de animales de compañía para especies silvestres que podrán mantenerse como mascotas.
Para entrar en este segundo listado, las especies deberán cumplir criterios exigentes:
- Que puedan vivir en cautividad sin problemas de bienestar
- Que no supongan riesgos para la salud o la seguridad
- Que no sean invasoras ni estén protegidas
- Que no se alimenten de vertebrados vivos
- Que no superen ciertos tamaños (5 kg en mamíferos y 2 kg en reptiles).
Además, el texto establece exclusiones automáticas: todas las especies incluidas en listas europeas de invasoras, animales protegidos o, directamente, grupos completos como los primates.
El resultado, denuncian algunas asociaciones y propietarios de exóticos, es un sistema mucho más restrictivo, basado en la prevención, pero también uno diseñado para dejar fuera al mayor número de animales posible: "Lo que el análisis del borrador revela es que la Dirección General de Derechos de los Animales tiene un objetivo claro desde el principio: maximizar el número de especies excluidas del listado positivo", señala la Asociación Fauna.
Mascotas habituales en el aire
Aunque el listado definitivo aún no se ha publicado, los criterios planteados permiten anticipar el impacto. Animales muy comunes en los hogares españoles podrían quedar fuera o depender de permisos especiales: periquitos, diamantes de Gould, chinchillas, geckos leopardo, serpientes del maíz, tortugas o peces ornamentales como la carpa dorada.
El borrador sí contempla una salida para quienes ya tengan estos animales: podrán conservarlos con autorización, pero no reproducirlos ni venderlos.
"El borrador parte de un principio que el Código Civil rechaza expresamente: que todos los individuos de una especie silvestre son iguales ante la ley, con independencia de si nacieron en la naturaleza o llevan veinte generaciones criándose en una pajarera holandesa bajo el cuidado del ser humano. La norma los llama a todos 'silvestres en cautividad' y los somete al régimen del artículo 32 de la Ley 7/2023, que prohíbe su tenencia, cría y comercio salvo excepciones tasadas", advierte la Asociación Fauna.
Choque con otras normas
Las objeciones no se quedan ahí. El sector cuestiona también el ejercicio de creatividad jurídica por parte del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 de Pablo Bustinduy. El texto cita "con frecuencia y aparente autoridad" un montón de normas europeas para justificar la prohibición de determinadas mascotas, pero lo hace "ignorando sistemáticamente las condiciones que esas mismas normas imponen".
De igual manera, se utilizan normas pensadas para otros ámbitos, como por ejemplo el control aduanero del comercio exterior con terceros países, para regular la tenencia de animales en hogares. "Es una operación de ingeniería normativa que el Derecho no soporta", denuncia la Asociación Fauna.
El borrador aún está en fase de audiencia pública, pero deja clara la dirección que siempre ha marcado la Ley de Bienestar Animal: un modelo cerrado en el que solo unas pocas especies serán consideradas aptas como mascotas.


