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Estas son las 37 zonas de la Comunidad de Madrid en las que se restringe la movilidad por el coronavirus

Las Comunidad de Madrid restringe la movilidad en 37 zonas de la región, en Madrid y otros siete municipios.

Las Comunidad de Madrid restringe la movilidad en 37 zonas de la región, en Madrid y otros siete municipios.
Zonas de la Comunidad de Madrid en las que se establecen restricciones por el coronavirus. | Comunidad de Madrid

La Comunidad de Madrid ha anunciado que a partir de este lunes se van restringir la movilidad y la actividad en 37 zonas de la región, una medida que afectará a unas 850.000 personas que, además, serán sometidas en un plazo de una semana a test de antígenos para conocer exactamente la extensión de la epidemia.

La medida afecta a partes de Madrid capital y de otros siete municipios de Madrid: Fuenlabrada, Humanes de Madrid, Moraleja de En medio, Parla, Getafe, San Sebastián de los Reyes y Alcobendas.

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En la capital las zonas básicas afectadas son:

  • En el distrito de Carabanchel: Puerta Bonita, Vista Alegre y Guayaba,
  • En el distrito de Usera: Almendrales, Las Calesas, Zofío, Orcasur y San Fermín.
  • En el de Villaverde: San Andrés, San Cristóbal, El Espinillo y Los Rosales:
  • En el de Puente de Vallecas: la zona básica de Villa de Vallecas; Entrevías, Martínez de la Riva, San Diego, Numancia, Peña Prieta, Pozo del Tío Raimundo, Ángela Uriarte, Alcalá de Guadaira y Federica Montseny.
  • Y en el de Ciudad Lineal: Doctor Cirajas, Ghandi, Daroca y La Elipa.

Por su parte, en los restantes municipios las zonas son:

  • En Fuenlabrada las zonas que se perimetrarán serán las de Alicante, Cuzco y Francia.
  • Humanes de Madrid al completo.
  • Moraleja de Enmedio también en su conjunto.
  • En Parla las zonas básicas de salud de San Blas e Isabel II.
  • En Getafe Las Margaritas y Sánchez Morate.
  • En San Sebastián de los Reyes, la zona de Reyes Católicos.
  • Y en Alcobendas, la zona de Chopera y Miraflores.

Las medidas

Las medidas afectan a estas 37 zonas, salvo la de limitar las reuniones sociales en espacios públicos y privados a un máximo de seis personas (hasta el momento estaba permitido hasta un total de 10), que se trata de una medida de aplicación en todo el territorio de la Comunidad de Madrid.

Estas son las medidas concretas para las 37 zonas que entrarán en vigor el lunes 21 a las 00.00 horas y que se revisarán cada 15 días:

  • Se restringen los desplazamientos y actividades no imprescindibles en estas 37 zonas. A la vez, se establece la restricción de entrada y salida de esas áreas salvo en situaciones concretas: por motivos laborales, médicos, accesos a centros educativos, regresar a la zona residencial; asistencia a personas mayores, menores o dependientes; acceso a entidades bancarias o de seguros, legales o administrativas; acudir a exámenes o cualquier otra necesidad prioritaria, urgente o de fuerza mayor.
  • Los ciudadanos podrán desplazarse por la vía pública dentro de ese perímetro, para lo que se solicitará la correspondiente colaboración de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y de las policías locales.
  • Respecto a los lugares de culto, el aforo se reduce a un tercio. En los velatorios podrán estar un máximo de 15 personas en espacios al aire libre y 10 personas en el caso de ser lugares cerrados.
  • Sobre los aforos en el comercio, se baja al 50% y su cierre será a las 22:00 horas, a excepción de las farmacias, centros médicos, veterinarios, de combustible y otros considerados esenciales.
  • Por su parte, en la hostelería se elimina el consumo en barra y se limita el aforo a un 50%. De igual modo, sólo podrá haber 6 comensales en cada mesa, en lugar de 10 personas como hasta ahora, y tendrán que cerrar a las 22:00, a excepción de servicios de entrega de comida a domicilio.
  • En lo que se refiere a los centros de enseñanza no reglados, como academias o autoescuelas, el aforo también se reduce al 50% y la actividad presencial se limita a grupos de 6 personas máximo y con las oportunas medidas de distancia de seguridad.
  • Asimismo, podrán utilizarse las instalaciones deportivas, tanto al aire libre como en interior, siempre que no se supere el 50% del aforo y en grupos de máximo 6 personas.

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