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La denuncia puesta por Mediapro contra la RFEF es desestimada por falta de coherencia

El tribunal considera que la empresa audiovisual muestra una conducta incongruente por su cambio de actitud a tres días de comenzar la Liga Santander.

El tribunal considera que la empresa audiovisual muestra una conducta incongruente por su cambio de actitud a tres días de comenzar la Liga Santander.
Andreu Camps, secretario general de la RFEF. | EFE

La Federación Española de Fútbol (RFEF) aseguró este viernes que la resolución judicial que ha desestimado la petición de Mediapro sobre medidas cautelares para la incautación de cierto material del VAR que está en la Ciudad del Fútbol, muestra "la falta de coherencia de la denuncia" del grupo. "La falta de coherencia de la denuncia de Mediapro se pone de manifiesto en la resolución, entre otras cuestiones, al recoger el Auto que la RFEF puso los mencionados equipos a disposición de la empresa, mediante comunicación efectuada el 10 de julio", señaló la RFEF.

Ésta destacó en un comunicado que el auto reconoce que fue "la propia Mediapro, mediante escrito remitido a la RFEF el mismo día, las dificultades técnicas que existían para la retirada del citado material, lo que vuelve a reflejar la conducta incongruente de la empresa", así como que propuso la posibilidad de venderlo por un precio acordado por las partes. "Llama la atención que Mediapro cambia de actitud a tan solo tres días del inicio de la competición liguera, avisando de un día para otro de su intención de retirar el material", agregó la RFEF, que expresó "su satisfacción por una nueva resolución judicial favorable ante la denuncia recibida".

El auto conocido hoy afirma que "debe tenerse en cuenta que la nueva temporada de fútbol se inicia el próximo viernes día 16 de agosto, por lo que si se accediese a la medida cautelar interesada se podría ver afectada la prestación del servicio, tal y como la propia empresa MEDIAPRO alegó en su día cuando fue requerida para la retirada del material de su propiedad ubicado en las instalaciones de la RFEF". "Prevalece la emisión de una competición deportiva nacional de interés mundial sin ningún tipo de incidencia frente a una petición que, para el supuesto de producirse algún tipo de perjuicio o daño es susceptible de reparación patrimonial", añade.

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