
El exvicepresidente del Comité Técnico de Árbitros, José María Enríquez Negreira, intenta evitar su declaración en sede judicial tras confirmarse que sufre demencia con cuerpos de Lewy, la enfermedad que padeció el actor Robin Williams. Dicho intérprete estadounidense se quitó la vida en el 2014 a los 63 años y tras su muerte, se le diagnosticó este síndrome degenerativo y progresivo del cerebro.
La semana pasada, el titular del Juzgado de Instrucción nº 1 de Barcelona, Joaquín Aguirre, decidía citar a Negreira en calidad de investigado para el próximo día 21 de febrero después de que los médicos forenses que le examinaron concluyeran que estaba capacitado para declarar a pesar de sufrir Alzheimer. Según el informe del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Cataluña, Negreira sufría "una orientación diagnóstica de demencia (que se clasifica como 'mixta' refiriendo elementos vasculares, post traumáticos, de tipo Alzheimer y además, con cuerpos de Lewy) con un deterioro cognitivo leve asociado".
En un escrito de 6 páginas, al que ha tenido acceso Libertad Digital, la defensa de Negreira recurre la citación acordada por el magistrado y hace valer el informe médico presentado previamente por el exvicepresidente del CTA en el que no se avalaba su declaración judicial: "La Dra. Psiquiatra Esperanza Gómez Durán, Médico-Forense en excedencia de reconocido prestigio e intachable trayectoria, después de practicar múltiples pruebas y realizar varias entrevistas tanto al Sr. Enríquez como a sus cuidadores, concluyó en un extenso, riguroso y motivado informe obrante en autos, entre otros extremos, en el deterioro que trae causa de la demencia".
"No se cuestiona por esta parte que José María Enríquez tenga recuerdos ni que pueda prestar materialmente declaración. Lo que se niega es que ese recuerdo sea fiable y que esa declaración pueda prestarse con todas las garantías, lo que incluye por ejemplo saber claramente el investigado qué extremos de un relato pueden perjudicarle", añade.
"Al entender de esta parte, ante la contundencia, claridad y motivación extensa y rigurosa de las conclusiones de la Dra. Psiquiatra Esperanza Gómez, era necesaria una resolución que, colmando mínimamente el derecho a la tutela judicial efectiva y el derecho a una resolución motivada del art. 24 CE, expresara las razones por las que se rechazaban esas conclusiones y se optaba por otras parcialmente opuestas que, como se dirá, pese a ser suscritas por cuatro facultativos parecen tener importantes errores y lagunas metodológicas y valorativas", apunta el escrito de la defensa de Negreira.
"Esa vulneración del derecho a la resolución motivada que se denuncia se traduce, a nuestro entender, en una vulneración del derecho a un procedimiento con todas las garantías y derecho de defensa, en tanto en cuanto se pretende tomar declaración a un investigado del que su demencia e incapacidad para manejar un interrogatorio impiden hablar de un proceso justo", destaca el recurso.
"Siendo así que el informe reconoce que el Sr. Enríquez Negreira padece ‘demencia de cuerpos de Lewy’, aclaren las características de ese tipo de demencia y manifiesten si la misma conlleva alteraciones del pensamiento y un mayor riesgo de confabulación", subraya el documento.
Un informe pericial ampliatorio
La defensa de Enríquez Negreira solicita al instructor un informe pericial ampliatorio al Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Catalunya (IMLCFC) y practicar "un acto pericial contradictorio en el cual tanto los cuatro facultativos que suscriben el informe de 18 de enero de 2024, como la Dra. Gómez Durán, pudieran desarrollar sus valoraciones y conclusiones, aclarando a preguntas del Ilmo. Instructor y de las diferentes partes los extremos necesarios, así como poder contradecir y argumentar los peritos respecto de las conclusiones ajenas".
"Que pese a no tener el presente recurso efectos suspensivos, con invocación expresa del derecho a un procedimiento con todas las garantías y del derecho de defensa del art. 24 CE solicita esta parte no se practique la declaración acordada hasta que sea resuelto el régimen de recursos contra la misma", concluye la defensa del ex nº 2 de los árbitros que a su vez ha solicitado en otro escrito cambiar la fecha prevista de la declaración al coincidirle con otra vista de otro caso.
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