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Alierta recurre la sentencia del "caso Tabacalera" por lesionar sus derechos

César Alierta, ha recurrido ante el Tribunal Supremo la sentencia del caso Tabacalera de la Audiencia Provincial de Madrid por lesionar sus "derechos constitucionales y sustantivos" y descartar varios documentos favorables a su defensa.

El recurso interpuesto ante el Tribunal Supremo se hará efectivo en unos meses y atacará los hechos probados de la sentencia, cuyo dictamen fue la absolución de Alierta por prescripción de un delito de uso de información privilegiada en 1997 con la compra de títulos de Tabacalera, compañía que presidía entonces.

 

Ello se suma a la intención de la Fiscalía Anticorrupción de interponer ante el Supremo otro recurso porque considera que la prescripción fue interrumpida la fecha de interposición de la querella en vez del día que fue admitida a trámite, tal y como entienden tanto la Audiencia Provincial de Madrid como el Tribunal Constitucional.

Otro de los argumentos del recurso de la Fiscalía es que los magistrados que absolvieron a Alierta deberían haber aplicado el plazo de prescripción de 10 años por la gravedad del delito de uso de información privilegiada, conforme a lo establecido por el Supremo en un pleno de 2008.

Por su parte, el recurso de Alierta sostiene que la sentencia "no se ajusta a derecho y es gravemente lesiva de los derechos constitucionales y sustantivos" del ex presidente de Tabacalera, al tiempo que se queja de que el tribunal de la Audiencia Provincial de Madrid que le juzgó no ha tenido en cuenta "diferentes documentos que pueden mostrar el error en la apreciación de la prueba".

Entre ellos cita los hechos relevantes remitidos a la Comisión Nacional del Mercado de Valores, los informes del propio organismo supervisor o los que emitieron varios peritos de las defensas.

Pese a la sentencia absolutoria, los abogados del presidente de Telefónica consideran que Alierta está plenamente legitimado para recurrir en casación a tenor de la doctrina del propio Tribunal Supremo, cuya Sala Segunda estableció esa posibilidad "en los casos en que la absolución se produce por considerar el tribunal de instancia que el delito ha prescrito, pero conteniendo la sentencia una declaración del delito imputado".

La Sección 17 de la Audiencia Provincial de Madrid que juzgó a Alierta y a su sobrino consideró probado que existió "un concierto común entre ambos" para "sacar un provecho económico" de las principales decisiones que Tabacalera adoptó en 1997, la compra de la compañía estadounidense Havatampa y la subida de los precios del tabaco rubio.

En la sentencia, los tres magistrados afirmaron que el directivo "ideó la forma de aprovechar el conocimiento de determinados datos sustanciales relativos al mercado bursátil, a las operaciones que se iban a realizar y a la repercusión que tales hechos fueran a tener en el mercado de valores para obtener, de ese modo, una ventaja patrimonial considerable".

Por el contrario, durante el juicio Alierta y su sobrino defendieron su inocencia al insistir en que las decisiones de Tabacalera eran ya conocidas por el mercado.

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