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Bruselas aprueba la fusión Stream-Telepiu con condiciones más duras que las impuestas a Sogecable

La CE ha autorizado la compra de la cadena de televisión de pago italiana Telepiu por parte del grupo Newscorp de Rupert Murdoch. Las condiciones fijadas por Bruselas son más duras que las impuestas por el Gobierno español a la Nueva Sogecable. La duración de los contratos del fútbol y la posibilidad de rescindir los acuerdo con las major, principales diferencias.

(Libertad Digital) El magnate australiano Rupert Murdoch ha conseguido la autorización de la Comisión Europea para comprar la cadena de pago italiana Telepiu. Como resultado de la operación, Telepiu, perteneciente al grupo Vivendi Universal, se fusionará con Stream, la otra televisión de pago en Italia, cuya propiedad se reparten actualmente a medias Newscorp y Telecom Italia. Newscorp conservará el control de la nueva compañía, mientras que Telecom Italia poseerá una parte minoritaria que no excederá del 19,9 por ciento.

El comisario de Competencia, Mario Monti, reconoció que "no ha sido fácil concluir el examen de este caso, porque la operación crea un cuasi monopolio en el mercado italiano de la televisión de pago". "Nuestro problema", explicó Monti, consistía en "asegurar el mal menor tanto para los consumidores italianos como para los proveedores de programas, por ejemplo los clubes de fútbol". Reconoció que "lo mejor habría sido poder mantener dos televisiones de pago y no aprobar esta concentración, pero debíamos tener en cuenta las condiciones del mercado". Monti recordó que ni Telepiu, que entró en el mercado en 1991, ni Stream, llegada en 1996, han conseguido nunca beneficios.

Rescindir los contratos con las productoras de cine

Monti admitió que entre las distintas opciones estaba la posibilidad de prohibir la fusión, pero la consecuencia "habría sido de cualquier manera un monopolio de hecho", porque una de las dos sociedades, muy probablemente Stream, que es la más pequeña y débil, "habría tenido que abandonar el mercado", con lo que se habría creado un monopolio de hecho "sin ninguna condición". En vez de ello, la Comisión se planteó identificar una serie de condiciones bien definidas que hará cumplir "rigurosamente" y dar una luz verde condicionada a la operación. Así la Comisión Europea ha decretado que los productores cinematográficos puedan rescindir unilateralmente los contratos existentes, sin penalización financiera, y que la duración de los nuevos contratos pueda limitarse a 3 años.

La duración de cualquier nuevo contrato coincide con lo fijado por el Gobierno español para la Nueva Sogecable. Es decir, no podrá exceder de tres años. Sin embargo, la gran diferencia se encuentra en la rescisión de los contratos. En España , Sogecable sólo deberá reconocer un derecho de rescisión unilateral a favor de Metro Goldwin Mayer con la reducción proporcional de la contraprestación prevista por el periodo restante y sin aplicación de sanción alguna. Cuando tras la reunión del Consejo de Ministros en que se aprobó la fusión se le preguntó al vicepresidente segundo, Rodrigo Rato, por qué se limitaba el derecho de decisión a la productora MGM, Rato fue claro: “Para consolidar la situación actual. Ahora Sogecable tiene contratos exclusivos con 7 de las 8 productoras norteamericanas y Vía Digital con una”.

Cabe recordar que según explicaron en su voto discrepante los cuatro técnicos del Tribunal de Defensa de la Competencia, las características de los contratos de suministro de contenidos firmados con los "grandes estudios" (exclusiva, larga duración; contratos de "toda la producción" y firmados con todos ellos), así como los firmados con los clubes de fútbol, constituyen ya, antes de la operación, una barrera de entrada tanto para potenciales competidores como para los actuales proveedores de contenido "no firmantes de los contratos”.

En Italia, los contratos del fúbtol sólo durarán dos años

Análogamente, la Comisión Europea ha fijado que la duración de los contratos para la retransmisión de los partidos de fútbol quedará limitada a 2 años. Como consecuencia de ello, un hipotético competidor vía satélite o una futura televisión de pago rival podrá tener acceso a estos contenidos y constituir "una alternativa creíble a la nueva entidad". En España , la duración de los contratos por los que adquiera los derechos del fútbol la Nueva Sogecableno no podrá exceder de tres años, incluyendo cualquier mecanismo de prórroga, opción o derecho de tanteo y retracto. Es decir, un año más que lo marcado para Italia.

Bruselas justificó su decisión en que para los clubes de fútbol, el impacto será positivo, ya que "podrán contar con ingresos seguros provenientes de las televisiones de pago y al mismo tiempo poner fin unilateralmente a los contratos", aseguró el comisario. En España, el grupo presidido por Jesús Polanco seguirá disfrutando de la exclusividad de los derechos de retrasmisión del Real Madrid y el Barcelona hasta dentro de seis años, en virtud de los contratos que ambos clubes firmaron y que se extienden hasta 2007.

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