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Pese a que no eran legales

Una agencia pública andaluza funcionaba ya antes de aprobarse el Decretazo

Un ex candidato socialista a la alcaldía de Córdoba ya ha encontrado acomodo en ella.

Es la prueba del nueve del "diálogo" del presidente Griñán con el Partido Popular y es la muestra de cuál es el respeto que sienten algunos en el PSOE por el Parlamento y las instituciones. Una agencia pública que no podía ser creada legalmente porque la Ley correspondiente se votaba el pasado día 16 de febrero funcionaba ya desde mucho antes, un mes, según ha denunciado el Sindicato de Funcionarios de la Junta de Andalucía, SAFJA. Incluso, como ya es costumbre, un ex candidato socialista a la alcaldía de Córdoba ya ha encontrado acomodo en ella

El Sindicato tuvo conocimiento de los hechos justamente el mismo 16 de febrero de 2010. El nuevo ente puesto en funcionamiento de manera ilegal por la Junta de Andalucía se llama "Agencía de Obra Pública de la Junta de Andalucía". La aprobación de la entrada en vigor y funcionamiento de la referida Agencia Administrativa aún no ha tenido lugar legalmente, al no haberse aprobado sus Estatutos ni haberse publicado los mismos en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, por lo que aquélla está operando en el tráfico jurídico administrativo sin habilitación legal alguna y de mero hecho.

Poco antes, se produjo el nombramiento del que fuera primer teniente de alcalde y portavoz del PSOE en el Ayuntamiento de Córdoba, Rafael Blanco, que fue designado nuevo director gerente de la Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía.

SAFJA ha descubierto el hecho porque tuvo conocimiento de un escrito firmado por el Delegado de Zona Oriental de la Delegación Provincial en Granada de la Consejería remitido a la Dirección General de Carreteras, en relación con la recepción de autorización de recepción de una obra en Valdepeñas (Jaén). El escrito, fechado el 18 de enero de 2011 , con registro de salida de idéntica fecha y de recepción de 28 de enero de 2011 , está presidido por el membrete y por el sello en el que consta, textualmente, "Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía". Esto es un mes antes de aprobarse la Ley en el Parlamento la funcionaba la Agencia de manera ilegal.

SAFJA pues acusa a la Junta de haberse jactado falsamente de cumplir con todos los trámites legales y dice en su escrito: "Así pues, partiendo de las anteriores premisas, y del hecho de que el ejecutivo andaluz se ha jactado de estar en trámites de negociación con los
partidos políticos representados en el Parlamento Andaluz, así como con las diversas organizaciones sindicales representativas de los trabajadores del sector público, el Sindicato Andaluz de Funcionarios de la Junta de Andalucía no se explica cómo es posible que desde, al menos, el 18 de enero de 2011 eslé en funcionamiento y operando una Agencia Administrativa que, teóricamente, no ha entrado en vigor."

Para SAFJA, constituye una claríslma y evidente vulneración del Ordenamiento Jurídico, comenzando, en primer lugar, del propio borrador del Decreto del que se nos dio traslado y en cuya disposición final segunda se dice, negro sobre blanco, que no entrará en vigor hasta su publicación en el BOJA, hecho que no se ha producido a fecha de hoy.

Asimismo, el Sindicato manifiesta que la Agencia que esté operando de forma ilegítima , es una Agencia Administrativa de las previstas en el arto 66.1 b) de la Ley 912007 LAJA, lo hace sobre la absorción de una Empresa Pública cual es GIASA sin que se haya acreditado en ningún momento que concurre circunstancia para la creación de la Agencia, máxime cuando las funciones que desempeñaba GIASA, no son susceptibles de insertarse ni subrogarse en el concepto habilitante que prevé el arto 68.1 b) Ley 9/2007 LAJA.

Es más, "la actuación absolutamente ilegal de la Administración al poner en funcionamiento una Agencia Administrativa, al margen de todo procedimiento de confección normativa. constituye el paradigma de la huida del Derecho Administrativo y de la desmembración de la Administración Pública en tanto en cuanto se han sustraído funciones propias del personal funcionario dependiente de la Consejería y se han traspasado a la Agencia creada sin la previa, real y auténtica negociación con las organizaciones sindicales representativas del personal funcionario de carrera de la Administración General de la Junta de Andalucía".

Por tanto, el Sindicato Andaluz de Funcionarios de la Junta de Andalucía ha requerido a la Administración para que cese el funcionamiento de la Agencia en lo que al personal funcionario afecta en la esfera de sus derechos. Y además constata:

1. Que los puestos de trabajo de la RPT de la Consejería de Obras Públicas y Transporte que afectan a las materias que gestiona la Agencia quedan vacíos de contenido y están siendo absorbidos por la Agencia de forma absolutamente arbitraria.
2. Que el personal laboral que estaba contratado con la Empresa Pública que se integra y origina la Agencia se ve privilegiado en su régimen jurídico. en sus ventajas laborales y en el desempeño de funciones que asumen, que so, las propias de funcionarios.

De este modo concluye el SAFJA, por la vía de hecho se está propiciando que el personal laboral proveniente de GIASA, empresa matriz de la Agencia de Obra Pública esté, al margen de toda legalidad y desde ya, ejerciendo las funciones y prerrogativas propias de los funcionarios, razones por las cuales debe cesarse en el funcionamiento de la Agencia.

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