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El TS termina con la dominación de CCOO y UGT sobre las subvenciones en Andalucía

Podría darse el caso incluso de que tuvieran que devolver parte del dinero recibido.

Es el principio de un camino que conducirá inevitablemente al fin de esta dominación propiciada por el PSOE e IU. Dos sentencias del Tribunal Supremo, consecuencia de un recurso de CSIF-A y contra las que no cabe impugnación, acaba con los privilegios que la Junta de Andalucía y el PSOE, partido del gobierno en esos años, ha concedido a UGT y CCOO bajo la cobertura de ayudas a la formación. Gracias a este mecanismo, UGT y CCOO han recibido subvenciones millonarias que se fraguaban en los Acuerdos de Concertación Social, en los que la Confederación de Empresarios de Andalucía, que igualmente se beneficiaba, quedaba muda. Incluso, deduce el CSIF, podría darse el caso de que tuvieran que devolver las subvenciones recibidas por haber discriminado a otras organizaciones sindicales y justamente cuando el gobierno de coalición PSOE e IU, negocia un nuevo acuerdo que quiere ser alternativa a la reforma laboral del gobierno Rajoy. 

Ya el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), recuerda ABC, declaró nulos la aplicación y el desarrollo de la concertación social, por considerarlos, tal como sostenía CSIF, "discriminatorios", al subvencionar el Gobierno andaluz para la formación para el empleo a los sindicatos y organizaciones empresariales que firman con él ese acuerdo y "excluir" a todos los demás. Ahora, tras estas sentencias, CSIF estudia los próximos pasos a dar solicitando ya la "inmediata" ejecución del fallo.

El primer recurso del CSIF contra las decisiones de la Junta es contra tres acuerdos de 19 de julio de 2005 del Consejo de Gobierno en los que se autorizaba la concesión a UGT, CCOO y la CEA de una subvención de 12,5 millones de euros a cada uno, así como contra el VI acuerdo de concertación social firmado ese mismo año. El segundo se formula contra una orden de la Consejería de Empleo de 4 de agosto de 2008 que volvía a autorizar subvenciones millonarias a los agentes sociales. Ambos recibieron sendas sentencias favorables del TSJA, pero que provocaron el planteamiento de recursos de casación de la Junta y los agentes sociales, que el TS ha desestimado finalmente.

A partir de ahora, la relación privilegiada de CC.OO. y UGT con la Junta a la hora de recibir millonarias ayudas en formación vinculada a la concertación ha terminado. Una de las sentencias es meridianamente clara al respecto: "Anulamos los tres acuerdos de 19 de julio de 2005" recurridos por CSIF. La razón, señalaba el TSJA, es que se considera "acreditada" una "relación causa efecto" entre el otorgamiento de las ayudas y el VI acuerdo de concertación social, suscrito por la Junta, CCOO, UGT y la CEA. "Dicho en otros términos: se concede la subvención a aquellos que suscribieron la concertación y se excluye por tanto a todos los demás", añadía.

El Supremo también refrenda la decisión del TSJA de declarar "nulo" otro posible criterio esgrimido por la Junta para subvencionar a unos sindicatos sí y a otros no: el "carácter más representativo" que tendrían CCOO y UGT. De hecho, da la razón a la argumentación de CSIF sobre el círculo vicioso en que se vería atrapado: se le excluye de subvenciones por no ser más representativo y al no obtenerlas no puede aumentar su representatividad, lo que no es constitucional y puede producir la "presión indirecta" para la afiliación de los trabajadores a un determinado sindicato.

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