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Anulan una multa por saltarse un semáforo: las fotos no tienen "garantía de veracidad"

Un juez ha señalado que las fotografías no son suficientemente veraces para justificar la multa.

Una sentencia judicial dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 de Madrid ha anulado una multa de tráfico que el Ayuntamiento de Madrid había impuesto a un conductor por saltarse un semáforo en rojo, al entender que los fotogramas captados por las cámaras de tráfico "no gozan de suficiente garantía de veracidad".

Según ha informado Automovilistas Europeos Asociados (AEA) en un comunicado del que se hace eco Europa Press, la multa que pretendía aplicarse era una sanción de 200 euros y la pérdida de cuatro puntos del carnet por haber rebasado presuntamente un semáforo en rojo en la Avenida de los Poblados en junio de 2012, algo que el conductor niega.

Así, el juzgado consideró el pasado 5 de junio que "los fotogramas que se acompañan al expediente administrativo no permiten reputar acreditada la infracción puesto que no gozan de suficiente garantía de veracidad ya que no hay constancia de que las imágenes hayan sido captadas y manipuladas por funcionario policial alguno" y por esa razón anula la sanción impuesta, condenando además al consistorio madrileño al pago de las costas judiciales.

Poco tiempo en ámbar

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, se incide también en que se desconoce la duración de la fase ámbar del semáforo, impidiendo saber si es suficiente para que el conductor se pueda detener en condiciones de seguridad, como exigen las normas de circulación.

Además, el magistrado considera que "no es factible comprobar" si la reproducción digital de la matrícula que aparece en la fotografía que sirve de prueba para la sanción corresponde realmente con la del vehículo sancionado, para lo que cita además una sentencia anterior del año 2012 en el mismo sentido.

Falta de garantías del sistema

Desde su puesta en marcha AEA ha cuestionado la falta de garantías de este sistema y reiteradas sentencias judiciales han aceptado los criterios expuestos por esta organización de defensa de los automovilistas. Además, en diversas ocasiones se han anulado las sanciones impuestas mediante el sistema foto-rojo utilizado por el Ayuntamiento de Madrid.

En unos casos porque las fotografías ofrecen serias dudas acerca de que realmente se rebasen en rojo los semáforos por ausencia del preceptivo control metrológico a que deben someterse los aparatos utilizados en la captación por imagen o porque la fotografía capta una imagen sesgada de la vía.

Además, hay otras sentencias que cuestionan que la duración de la fase en ámbar del semáforo es escasa para poder frenar con seguridad y se advierte que no es factible comprobar si la matrícula que aparece en las fotografías corresponde con el vehículo que 'supuestamente' rebasó el semáforo en rojo.

En consecuencia, el presidente de AEA, Mario Arnaldo, ha instado al Ayuntamiento de Madrid a que proceda a la revisión de la sincronía de todos los semáforos que existen en nuestra capital. "Y no sólo por cuestiones de seguridad jurídica para evitar la imposición indiscriminada de sanciones ilegales e injustas sino por estrictas razones de seguridad vial que garanticen la circulación segura de peatones y automovilistas", ha indicado.

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