La Audiencia Provincial ha acordado el sobreseimiento provisional de la querella planteada por la Asociación de Facultativos Especialistas de Madrid (AFEM) contra varios ex altos cargos de la Consejería de Sanidad, entre los que estaban los exconsejeros Manuel Lamela y Juan José Güemes, por presuntas irregularidades cometidas en la adjudicación de la gestión de los primeros hospitales externalizados en la región.
En el auto, el tribunal considera que "no está debidamente justificada la perpetración de los delitos" que dieron motivo a la causa, sin perjuicio de que, si apareciesen nuevos elementos que permitieran apreciar la naturaleza penal, se podría acordar la reapertura del procedimiento iniciado por presuntas irregularidades en la adjudicación de la gestión sanitaria de los primeros hospitales externalizados.
AFEM registró una querella admitida a trámite por el Juzgado de Instrucción Número 4 de Madrid por presuntos delitos de realización arbitraria del propio derecho, coacciones, delito contra la Hacienda Pública, falsedad documental, prevaricación, cohecho, fraude y malversación de caudales públicos en el marco de la externalización de la gestión del Infanta Elena, en Valdemoro; el Rey Juan Carlos, en Móstoles; y el Hospital de Torrejón de Ardoz.
La querella se dirigía contra la entonces viceconsejera de Asistencia Sanitaria y directora del Servicio Madrileño de Salud (SERMAS) Patricia Flores; el entonces director general de Hospitales, Antonio Burgueño; el representante de la Fundación Jiménez Díaz, Juan Antonio Álvaro de la Parra; el presidente o consejero delegado de Grupo Ribera Salud; el presidente o consejero de Capio Sanidad; el presidente o consejero de Unilabs; y el presidente o consejero de Asisa.
Con ello, los magistrados de la sección segunda de la Audiencia Provincial estiman parcialmente el recurso de apelación interpuesto por Juan José Güemes, ASISA, UNILABS, Patricia Flores y Antonio Burgueño, al que se había adherido el Ministerio Fiscal, Capio Sanidad, Juan Antonio Álvaro de la Parra y Manuel Lamela.
Una "letanía de tipos penales"
La Audiencia estima que la querella "contiene una mezcolanza de hechos que nada tienen que ver con la causa que ha dado origen a la misma, que es el cambio del sistema de gestión de los mencionados hospitales, por lo que difícilmente puede pedirse a un tribunal penal que se pronuncie sobre manifestaciones que en realidad no son sino discrepancias con criterios políticos o incluso administrativos en cuanto a la gestión de la sanidad de la Comunidad de Madrid, pero que difícilmente puede entenderse que revistan naturaleza jurídico penal, porque en todo caso y hasta el momento, se circunscriben al ámbito político administrativo".
"Si a ello se le suma el hecho (constatado en las actuaciones) de que se dio marcha atrás en el cambio de modelo de gestión, difícilmente podríamos llegar a la conclusión de que estamos en presencia de unos hechos que pudieran ser incardinados en un tipo penal. Las divergencias en el modelo de gestión podrán residenciarse en cualquier ámbito, pero debe descartarse al respecto el ámbito del proceso penal", ha apuntado el fallo.
La Audiencia da también la razón a los recurrentes cuando alegan que la querella hace una "referencia muy genérica a un sinfín de hechos" y se incluye luego "una letanía de tipos penales que presentan escasa relación entre sí", cuyo contenido jurídico penal de tipificación "nada tiene que ver con los hechos objeto de la querella".
"Difícilmente dichos hechos pueden efectivamente calificarse como realización arbitraria del propio derecho, o delito de cohecho, o delito de malversación o de falsedad. En todo caso, la querella incluye una alegación genérica a los citados tipos penales, pero no se detiene a especificar ni los hechos concretos que se imputan a cada querellado, ni el motivo, siquiera mínimo, para imputar cada uno de los delitos a que hace referencia en la querella", recalca el auto.