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El Supremo investigará si Chaves y Griñán diseñaron el fraude de los ERE

El aforamiento de los dos ex presidentes andaluces obligó a Alaya a elevar la causa al Supremo. Ahora, el Alto Tribunal los investigará.

El aforamiento de los dos ex presidentes andaluces obligó a Alaya a elevar la causa al Supremo. Ahora, el Alto Tribunal los investigará.

Si los socialistas Chaves y Griñán participaron en la trama de los ERE será algo que deberá decidir el Tribunal Supremo. La Sala Segunda ha decidido este jueves asumir parte de la causa de la investigación de los ERE en Andalucía, en concreto, la que afecta a los aforados nacionales, es decir, a los expresidentes de la Junta de Andalucía, Manuel Chaves y José Antonio Griñán y sobre los exconsejeros del gobierno andaluz José Antonio Viera Gaspar Zarrías y Mar Moreno, ya que todos ellos son actualmente miembros del Parlamento.

El tribunal, presidido por el magistrado Manuel Marchena, ha asumido el criterio de la Físcalía -partidaria de dividir esta macrocausa en diferentes piezas separadas- para que sea el Supremo el que investigue a estos cinco miembros del Congreso y el Senado. El criterio del fiscal chocaba frontalmente con el defendido por la juez Mercedes Alaya, que hasta ahora se ha negado en rotundo a trocear este procedimiento judicial con un sumario que asciende a 100.000 folios y más de 200 imputados.

En su exposición razonada, Alaya dio la opción al Alto Tribunal de que se quedara con parte de esta causa de los ERES, con toda ella o con nada si así lo estimaba oportuno la Sala de lo Penal. Ahora, el Supremo se declara competente para investigar tan sólo a Chaves, Griñán y sus tres ex consejeros y, por esta razón, abre una causa contra los mismos.

En su auto, los jueces del Alto Tribunal hacen constar que en este momento procesal, le corresponde exclusivamente a la Sala verificar si tal y como se relata en dicha exposición razonada se consignan hechos que "según una valoración muy provisional pudieran ser delictivos, y si existen indicios consistentes, o dicho de otra forma, principios de prueba de la participación en ellos de las personas aforadas".

De lo expuesto en la exposición razonada remitida al Alto Tribunal, hay indicios de que en el ámbito de la Junta de Andalucía, "concretamente desde la Consejería de Empleo, y con la finalidad de proceder al pago de ayudas a empresas, ayudas sociolaborales y ayudas directas a trabajadores se organizó un sistema que se llevó a efecto desde el año 2000 durante un periodo de tiempo aproximado de doce años que permitiría disponer de importantes cantidades de dinero ascendentes a 855 millones de euros para hacer efectivos aquellos pagos sin sujetarse al procedimiento y controles propios de las subvenciones, a pesar de que esa era la naturaleza jurídica de las referidas ayudas".

La juez Alaya considera que Chaves, Griñán, Zarrías, Moreno y Viera gracias a su "posición de alta y especial responsabilidad política" participaron en las decisiones de creación o mantenimiento de los ERE fraudulentos. Ante dichos indicios el Alto Tribunal considera "imprescindible" continuar con la investigación de los hechos.

Un instructor progresista

En el auto notificado este jueves, la Sala de lo Penal señala que detrás de estos hechos relatados por la magistrada de Sevilla se podrían haber cometidos delitos de prevaricación y malversación de fondos públicos. La instrucción de esta causa le ha correspondido al magistrado de corte progresista, Alberto Jorge Barreiro.

En un escrito presentado ante el Supremo el pasado 5 de noviembre, el Ministerio Público consideró que la causa de los ERE es escindible y que nada impide que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) también pueda asumir la investigación en lo referido a los aforados autonómicos, es decir, Carmen Martínez Aguayo, Francisco Vallejo, Antonio Ávila y Manuel Recio. Esta es la única forma, en opinión de la Fiscalía, de terminar este procedimiento en un plazo razonable de tiempo.

En este sentido, el tribunal explica ahora que "la extensión de la competencia a hechos cometidos por personas no aforadas ante el Tribunal Supremo solamente será procedente cuando se aprecie una conexión material inescindible con los imputados a las personas aforadas, lo cual puede apreciarse, en algunos casos, desde un primer momento y , en otros, ser resultado de la investigación, lo que determinará, en este último supuesto, que la Sala adopte las pertinentes resoluciones sobre el particular, a propuesta del instructor".

Por este motivo, la Sala sostiene que "el procedimiento (respecto al resto de imputados) deberá continuar ante el órgano competente sin perjuicio de que remita a esta Sala todo aquello que tenga relación con las personas aforadas". Es decir, que sea la juez de Sevilla la que siga investigando al resto de imputados en esta causa para respetar el principio de conveniencia de que "se respete en la máxima medida de lo posible" el derecho al juez ordinario.

Según fuentes jurídicas consultadas, lo previsible es que ahora el instructor designado por el Supremo practique una batería de diligencias encaminadas a comprobar los indicios que aprecia Alaya. Entre ellas, deberá llamar a declarar en calidad de imputados a los expresidentes andaluces.

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