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La Fiscalía pide repetir el juicio por el asesinato de Isaías Carrasco

El fiscal considera que la sentencia de la Audiencia fue irrazonable y arbitraria.

El fiscal del Tribunal Supremo Luis Fernando Rey ha pedido este martes que la Audiencia Nacional celebre un nuevo juicio contra el etarra Beinat Aguinagalde por el asesinato del exconcejal socialista Isaías Carrasco el 7 de marzo de 2008 en el municipio guipuzcoano de Arrasate-Mondragón al considerar que la sentencia absolutoria fue arbitraria, irrazonable y vulneró el derecho a la tutela judicial efectiva de la familia de la víctima.

En una vista celebrada ante el alto tribunal, el Ministerio Público ha coincidido con la petición del abogado de la viuda y de los tres hijos de Carrasco al requerir al Supremo que devuelva las actuaciones a la Audiencia Nacional para que forme un nuevo tribunal, con magistrados diferentes para que no estén "contaminados", con el objeto de repetir el juicio y valorar "correctamente" las pruebas de cargo contra el miembro de ETA.

Ambas acusaciones han considerado que el tribunal de origen erró al considerar que el reconocimiento fotográfico por parte de un testigo protegido, que llegó a "cruzarse la mirada" con el sospechoso de disparar minutos después en la calle al exedil, fue un "mero acto de investigación" y no una prueba de cargo, informa Europa Press.

En este sentido, la acusación particular ha reprochado que la Audiencia Nacional aludiera a la sentencia de los atentados del 11-M para indicar que los reconocimientos en sede policial y judicial en fase sumarial son actos de investigación, pero omitiera la alusión a que se convierte en prueba cuando se efectúa ante el juez con todas las garantías y el testigo ratifica esta diligencia o reconoce al acusado durante el juicio.

En este sentido, el fiscal y el abogado de la familia de la víctima han defendido que los dos reconocimientos cumplieron todas las garantías, fueron ratificados "sin lugar a dudas" en la vista y sometidos a contradicción. "La sentencia que recurrimos no es razonable y si es arbitraria, no sigue los criterios marcados sobre la práctica de la prueba, es una demostración inequívoca de la vulneración de esa tutela judicial efectiva", ha dicho el representante del Ministerio Público.

Por su parte, la defensa de Aguinagalde ha pedido confirmar la sentencia dictada por los magistrados Guillermo Ruiz Polanco, Ángeles Barreiro y Antonio Díaz Delgado, tras indicar que el reconocimiento ante la Ertzaintza no cumplió con las garantías para ser considerada prueba de cargo y las acusaciones no pueden pretender anteponer su "apreciación" sobre la del tribunal.

Absolución de la Audiencia

La Audiencia Nacional absolvió por falta de pruebas al etarra Beinat Aguinagalde Ugartemendia acusado de cometer el asesinato de Carrasco el último día de campaña de las elecciones generales que se celebraron ese año. La Fiscalía pidió en el juicio una pena de 32 años de cárcel por asesinato terrorista, tenencia de armas y daños.

El tribunal, que desestimó las dos indemnizaciones de 600.000 euros solicitados para la viuda y los tres hijos, señaló que el único indicio que apunta a la participación de Aguinagalde en el crimen, aunque resulte "insuficiente" para sustentar la condena, es el testimonio de una testigo protegida que se encontraba en el lugar de los hechos y le reconoció como autor de los disparos en comisaría y en el juzgado tras ver una fotografía.

"Un reconocimiento fotográfico no es prueba de cargo, pues se trata meramente de un acto de investigación", señalaron los magistrados Guillermo Ruiz Polanco, Ángeles Barreiro y Antonio Díaz Delgado.

Dado que una segunda testigo presencial definió "unos rasgos físicos muy superficiales" del autor de los disparos, el tribunal concluyó que estos dos indicios no consiguen "desvirtuar el derecho fundamental a la presunción de inocencia" del acusado.

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