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La Audiencia concluye que Bárcenas, Lapuerta y Correa deben ir a juicio

El tribunal da vía libre a Ruz para que dicte el auto de apertura de juicio oral por la Primera Época de la red Gurtel.

El tribunal da vía libre a Ruz para que dicte el auto de apertura de juicio oral por la Primera Época de la red Gurtel.

La Primera Época de la trama Gúrtel será juzgada por la Audiencia Nacional sin que las defensas de los principales acusados -Bárcenas, Correa, Crespo, etc- puedan ya impedir que se celebra la vista oral.

Ésta es la principal conclusión que se extrae de la decisión adoptada por la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal que ha desestimado este miércoles los recursos de apelación de 24 imputados por los hechos cometidos entre los años 1999 y 2005 contra los que el juez Pablo Ruz decidió dirigir el procedimiento penal al incluirlos en el auto de transformación de diligencias previas en procedimiento abreviado, el equivalente al auto de procesamiento.

En un total de catorce autos, los magistrados de la Sección Cuarta rechazan todos los argumentos esgrimidos por las defensas de los distintos imputados.

En concreto, la Sala inadmite todas las alegaciones presentadas por el extesorero del PP, Luis Barcenas, y su esposa, Rosalía Iglesias, al entender que en el momento procesal actual son suficientes los indicios de delitos que pesan contra ellos ya que que "falta justificación, por ejemplo, sobre la procedencia de los 48 millones de euros que el exsenador llegó a acumular en dos bancos suizos.

En el caso del cabecilla de la trama Francisco Correa, la Sección Cuarta califica esos indicios de "nítidos" ya que "se han acumulado fuertes indicios de la implicación del apelante en la organización delictiva que dirigió, compuesta por un entramado de empresas que controlaba en la sombra, a pesar de no figurar bajo su titularidad, dedicadas supuestamente a la obtención de favores y adjudicaciones amañadas, cuyas comisiones irregulares repartía para obtener la fidelización de las personas implicadas, llevando una contabilidad paralela para evitar las cargas fiscales y un sistema de facturación falsa para ocultar o disimular las operaciones reales".

El tribunal entiende que "con las esenciales diligencias de investigación practicadas no es descartable que los actos en que ha intervenido tal imputado puedan enmarcarse en las previsiones típicas contenidas en el Código Penal".

La Sección Cuarta sostiene que Correa actuó como "eje vertebrador de toda la trama presuntamente delictiva desbaratada, a partir del
cual se impartieron directrices y se ofreció cobertura económica y jurídica a las actividades defraudatorias y falsarias que se extendieron en ámbitos tanto públicos como privados".

Para su número dos, Pablo Crespo, cuya defensa cuestionó en su recurso de apelación la falta de jurisdicción de Ruz para investigar la Gurtel al no ser el titular del Juzgado Central 5 de la Audiencia Nacional, la Sala responde que la situación del instructor ha sido respaldada por sucesivos acuerdos del Consejo General del Poder Judicial, órgano que tiene atribuida la competencia para regular las comisiones de servicios judiciales.

Asimismo, los jueces también rechazan las pretensiones del extesorero del PP Álvaro Lapuerta y del presidente de Sufi, filial de Sacyr, Rafael Naranjo, que invocaron una "enfermedad sobrevenida" para evitar sentarse en el banquillo de los acusados. La Sala les recuerda que será en el acto del juicio oral cuando puedan plantear su situación como cuestión previa.

En todas las resoluciones, el tribunal hace constar al unísono que las responsabilidades penales de los imputados en la Primera Época de Gurtel deberán analizarse en la fase del juicio. En los próximos días, el juez Ruz dictará el auto de apertura de juicio oral respecto a 42 imputados. Contra dicha resolución no cabe interponer recurso.

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