Menú

Ruz da por acreditado que el PP tuvo una caja B "durante 18 años"

El juez envía al banquillo de los acusados a los extesoreros Bárcenas y Lapuerta.

El juez envía al banquillo de los acusados a los extesoreros Bárcenas y Lapuerta.

El juez Pablo Ruz abandonará en las próximas semanas la Audiencia Nacional con la instrucción del caso Bárcenas -probablemente el procedimiento judicial más sensible, junto con el del chivatazo a ETA, que ha instruido a su paso por este tribunal- finalizada.

En un auto de 190 folios, el instructor ha dado este lunes por concluida la investigación que más quebraderos de cabeza ha causado al PP en los últimos años y acredita la existencia un "caja b" en el Partido Popular controlada por los extesoreros de la formación, Luis Bárcenas y Álvaro Lapuerta.

El juez considera "indiciariamente acreditado" que el PP "se sirvió durante 18 años, desde 1990 hasta al menos 2008, de varios sistemas de cuentas que registraron corrientes financieras de entrada y salida de dinero al margen de la contabilidad oficial declarada por el partido y presentada ante el Tribunal Cuentas". Con esa 'caja B' se pagaron sobresueldos, campañas electorales, compensaciones económicas para los hombres de finanzas del partido, aportaciones a fundaciones, Ongs y víctimas del terrorismo, entre otros capítulos.

El instructor sostiene que "Luis Bárcenas, en su condición de Gerente del Partido Popular -cargo ejercido entre 1990 y junio de 2008 (siendo elegido en ese mes Tesorero de la formación política)- procedió a registrar y anotar (llevando a tal efecto unos soportes documentales manuscritos, que entre 1993 y 1996 quedaron registrados informáticamente en las correspondientes tablas Excel) las entregas de dinero efectuadas al Partido Popular y gestionadas por él mismo, en connivencia desde 1993 con Álvaro De Lapuerta".

En la resolución, el juez comienza recordando que en la vigente legislación española no está tipificado como delito la financiación ilegal de los partidos políticos. El magistrado analiza las leyes de financiación de los partidos políticos de 1987, la de 2007 y la actual reforma del Código Penal actualmente en trámite parlamentario, para analizar la relevancia jurídico penal de los hechos investigados que vienen a constatar "un sistema de financiación del PP llevado a cabo a través de aportaciones procedentes de fuentes privadas que, de forma sistemática entre los años 1990 y 2008, habrían incumplido los límites, requisitos y condiciones establecidos en la ley, estando a cargo del gerente nacional del partido- el imputado Luis Bárcenas – y del tesorero de la formación- el imputado Alvaro de Lapuerta desde 1993 hasta junio de 2008, siendo entonces sustituido en el cargo por Luis Bárcenas".

El magistrado tipifica los hechos relacionados con el conjunto de donaciones presuntamente recibidas por Bárcenas y Lapuerta para el PP y a la aplicación de estas donaciones para diferentes salidas dinerarias como delito continuado de falsedad contable (que estaría prescrito),delitos electorales (también prescritos) y delito contra la Hacienda Pública tanto por los responsables de Unifica (por el impuesto de sociedades de 2007 y del IVA de 2010) como por el PP por las donaciones recibidas en el año 2008, ejercicio fiscal no prescrito.

Los responsables del delito fiscal, Bárcenas y Páez

En relación con la tributación de las donaciones recibidas por la formación de Mariano Rajoy, el juez Ruz considera en plano indiciario responsable al Partido Popular de un delito fiscal por no haber presentado la declaración por el Impuesto de Sociedades correspondiente al ejercicio de 2008, al entender que esas donaciones recibidas aquel año no cumplían por ello "con los presupuestos, requisitos y limitaciones, tanto formales como materiales establecidos en la normativa vigente reguladora de la financiación de los Partidos Políticos (LO 8/2007) careciendo las aportaciones privadas recibidas de la consideración de rentas exentas por no haber cumplido con el criterio de transparencia legalmente marcado, y habiéndose destinado a los pagos fiscalmente opacos y ajenos a la contabilidad oficial remitida por el Partido al Tribunal de Cuentas que han sido indiciariamente acreditados".

Sin embargo, de ese delito sería responsable quien actuara en ese momento de comisión de los hechos como administrador o responsable legal de la formación política. Las diligencias practicadas identifican como tales a Luis Bárcenas y al exgerente Cristóbal Paéz, cooperando parcialmente en su comisión el extesorero Alvaro de Lapuerta, quedando por lo tanto el PP como un mero responsable civil subsidiario de estos hechos.

Por otro lado, en el auto notificado este lunes, el instructor acuerda el sobreseimiento provisional y parcial de otros 22 imputados, entre ellos varios empresarios donantes y del ex secretario general del PP, Ángel Acebes.

Asimismo, el juez cifra en 1,5 millons de euros el pago total realizado a Unifica en " B" por las obras en la sede del PP. Ruz considera al Partido Popular como responsable civil subsidiario por el pago en negro de las obras de su sede a la empresa Unifica. El magistrado sostiene que la formación de Mariano Rajoy debe afrontar en un eventual juicio la responsabilidad civil subsidiaria correspondiente a los delitos contra la Hacienda Pública presuntamente cometidos por Bárcenas, Lapuerta y Páez al pagar en negro las reformas de la sede nacional a la empresa de arquitectos Unifica.

Envía la mordida de Sacyr a Toledo

Por otro lado, en dicho auto de transformación de diligencias previas en procedimiento abreviado, Ruz se inhibe a favor de los Juzgados de Toledo para que investiguen la posible comisión de un delito de prevaricación administrativa en la concesión y ejecución en 2007 de un contrato de basuras a la empresa Sufi, filial de Sacyr, que, según el extesorero Bárcenas se realizó como contrapartida a una donación 200.000 euros para financiar la campaña a la presidenta de la formación en Castilla-La Mancha, María Dolores de Cospedal.

El magistrado del Juzgado Central de Instrucción número 5 remite estas pesquisas al juzgado decano de Toledo ante la "falta de conexidad suficiente" con la causa de 'los papeles de Bárcenas' dado que el propio extesorero desvinculó el caso de la capital castellano-manchega de las supuestas aportaciones económicas recibidas por Sacyr en la "mecánica de funcionamiento de la caja B" del Partido Popular.

Ruz añade que en el momento presente no se cuentan con elementos indiciarios suficientes que justifiquen la investigación de aforados, cuya competencia recaería sobre la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.

Según el juez, será en los juzgados de Toledo donde se deberá determinar la pertinencia de la práctica de diligencias solicitadas por las acusaciones o el sobreseimiento instado por los imputados.

"La presente instrucción permite tener por indiciariamente acreditadas las entregas de dinero en efectivo por un total de 200.000 euros efectuadas por Luis Bárcenas al gerente regional del PP de Castilla-La Mancha, el imputado José Ángel Cañas, el 12 de febrero de 2007 y el 28 de marzo de 2007 por haber sido las mismas documentadas en el recibo manuscrito por el mismo y que obra aportado al Juzgado, sobre el que se practicó prueba pericial caligráfica que ha confirmado la letra y firma del imputado Cañas en dicho documento o recibí", sostiene el instructor.

En total, el magistrado propone llevar a juicio a seis personas: a los ex tesoreros del PP Luis Bárcenas y Álvaro Lapuerta, al exgerente Cristóbal Páez, los dos responsables de la empresa Unifica -encargada de las obras de Génova-, los administradores Alvaro Urquijo y Belén Garcia y la empleada de la misma, Laura Montero.

Temas

En España

    0
    comentarios