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La Audiencia volverá a estudiar el archivo de la causa contra Manzano por el 11-M

La asociación de Ángeles Domínguez consigue personarse en el procedimiento y el juez está obligado a tramitar su recurso de apelación.

La asociación de Ángeles Domínguez consigue personarse en el procedimiento y el juez está obligado a tramitar su recurso de apelación.

Las víctimas del 11-M recuperan de nuevo la esperanza de esclarecer uno de los aspectos más oscuros de los atentados de Madrid: la destrucción y ocultación de pruebas de la masacre.

La Audiencia Provincial de Madrid ha dictado un auto, al que ha tenido acceso Libertad Digital, donde obliga al Juzgado de Instrucción Número 6 de Plaza de Castilla a admitir la acusación ejercida por la Asociación de Ayuda a las Víctimas del 11-M en el marco de la denuncia que el partido Alternativa Española presentó contra el exjefe de los Tedax Juan Jesús Sánchez Manzano, su perito químico y otros 10 mandos.

Dicha causa se encuentra en estos momentos archivada pero la decisión de la Audiencia de Madrid es relevante porque obligará al titular del Juzgado Número 6 de la capital, Ramiro de Dios, a tramitar el recurso contra el sobreseimiento de este procedimiento; algo que el magistrado había rechazado en un primer momento y que la asociación de Ángeles Domínguez recurrió en apelación.

'Non bis in idem'

Los hechos se remontan a julio de 2009 cuando se abrió una investigación en el Juzgado de Instrucción Número 43 de Madrid al que fuera jefe de los Tedax durante los atentados del 11-M, Juan Jesús Sánchez Manzano, por los delitos de falso testimonio, omisión del deber de perseguir delitos y encubrimiento a raíz de una querella presentada por la Asociación de Ayuda a las Víctimas del 11-M.

Dicha instrucción se prolongó durante tres años y en la causa declararon alrededor de cuarenta de agentes que participaron en la recogida de explosivos del 11-M. Algunos de ellos fueron muy críticos con la actuación de Sánchez Manzano al que llegaron a acusar de pedirles que manipularan informes sobre los explosivos empleados en la masacre.

Posteriormente, la Audiencia Provincial de Madrid archivó este procedimiento por un aspecto procesal, alegando que se estaba vulnerando el principio non bis in idem, es decir, un derecho fundamental que impide castigar dos veces un mismo delito o falta.

Perjudicados directos

La decisión se produjo porque previamente fueron sobreseídas unas diligencias previas contra el comisario Sánchez Manzano que apenas instruyó el Juzgado Número 6 de Madrid, a raíz de la citada denuncia que el partido Alternativa Española contra el ex jefe de los Tedax durante la masacre de Madrid. La Audiencia consideró que se trataba de dos investigaciones similares y que, por lo tanto, la actuación del exjefe de los Tedax era "cosa juzgada".

Ahora, la Sección Primera de la Audiencia de Madrid obliga a este mismo magistrado a admitir la personación como acusación particular de la asociación de Ángeles Domínguez en la denuncia de Alternativa Española. En el auto, la Sala sostiene que "ninguna duda puede existir acerca de la apreciación en la presente causa de un interés particular en las querellantes más allá del interés de la colectividad en general" en referencia a los atentados de Madrid.

Asimismo, el tribunal reconoce el derecho de esta acusación a estar personada como perjudicada directa del 11-M y los jueces añaden que "si estimamos que es posible la personación de los ahora apelantes, la única consecuencia admisible en nuestro ordenamiento jurídico desde el punto de vista meramente procesal es la posibilidad de ejercitar los correspondientes recursos" contra el sobreseimiento de la causa contra Sánchez Manzano.

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