Menú

El Tribunal Superior de Canarias levanta la prohibición de investigar a la juez de Podemos

El tribunal dice que la Fiscalía se anticipó a sus órdenes remitiéndola al Poder Judicial con una "insólita diligencia".

El tribunal dice que la Fiscalía se anticipó a sus órdenes remitiéndola al Poder Judicial con una "insólita diligencia".
Victoria Rosell | Dani Gago

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJCanarias) ha levantado este viernes la suspensión de la investigación disciplinaria abierta a la juez Victoria Rosell, porque reconoce que la Fiscalía se anticipó a sus órdenes remitiéndola al Poder Judicial con una "insólita diligencia".

El Tribunal Superior de Justicia ordenó el pasado viernes a la Fiscalía de Las Palmas que suspendiera cautelarmente su investigación sobre el comportamiento como juez de la ahora candidata de Podemos, al considerar que con esas indagaciones podía estar perjudicando a Rosell en sus derechos constitucionales como candidata en plena campaña electoral.

Sin embargo, cuando la Sala notificó el auto a la Fiscalía, esta ya había dado por concluidas sus indagaciones y las había remitido por mensajería al Consejo General del Poder Judicial, el órgano al que corresponde depurar las posibles infracciones disciplinarias en las que incurran los jueces y magistrados en desempeño de su labor.

En este caso, la fiscal de Delitos Económicos de Las Palmas, Evangelina Ríos, pretendía averiguar si, en sus últimas semanas como juez, Rosell incumplió su deber de apartarse de una causa por delitos de fraude fiscal y a la Seguridad Social a sabiendas de que el principal imputado, el empresario Miguel Ángel Ramírez, estaba en negociaciones con su pareja, el periodista Carlos Sosa, para alquilarle por 300.000 euros una frecuencia de radio.

El pasado viernes, el TSJC apreció que concurrían "razones de especial urgencia" para ordenar que se detuviera provisionalmente esa investigación, pero ahora admite que sus instrucciones han "perdido su utilidad" porque la Fiscalía se anticipó a su medida.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC subraya que "con independencia de la calificación que merezca la insólita diligencia" con que actuó la Fiscalía al enviar al CGPJ sus conclusiones poco antes de que se dictara el auto de suspensión "y la finalidad perseguida", su medida cautelar ha quedado sin sentido, porque la actuación que pretendía impedir "ya ha sido consumada". Los magistrados subrayan que su decisión de hoy no puede interpretarse de ninguna otra manera y que, en ningún caso, ha de entenderse como un pronunciamiento sobre el fondo del asunto.

En este sentido, el TSJC señala que será en el recurso de protección de derechos fundamentales que Rosell ha anunciado que interpondrá cuando se valore la cuestión en disputa: si la Fiscalía tiene o no competencias para abrir unas diligencias de índole disciplinario sobre el comportamiento profesional de un juez.

Temas

En España

    0
    comentarios