La receta para la independencia de Joan Coma, concejal de la CUP en el Ayuntamiento de Vic (Barcelona), pasa por "dejar de supeditarse a las decisiones de las instituciones españolas" y "desobedecer" al Tribunal Constitucional: "Nosotros siempre hemos dicho que para hacer la tortilla habrá que romper los huevos". En esos términos se expresó durante un pleno municipal; y por ellos la Fiscalía de la Audiencia Nacional solicita al magistrado Ismael Moreno que investigue un posible delito de incitación a la sedición.
El Ministerio Público quiere que la Audiencia Nacional recopile información. Por ejemplo, un dictamen sobre la retirada de la moción de apoyo a la declaración soberanista del Parlamento catalán en virtud de otro documento que que advertía de su "ilegalidad". Para el fiscal Vicente González Mota, Coma pudo incurrir en un delito de incitación o provocación a la sedición, previsto en los artículos 544 y 548 del Código Penal, el clamar durante el Pleno que el Parlamento autonómico se erigía como el "único depositario de la soberanía y como expresión del poder constituyente".
Entre otros desplantes, el concejal de la CUP dijo: "Dejemos de supeditar las decisiones de nuestras instituciones a las decisiones de las instituciones españolas, en particular a las decisiones del Tribunal Constitucional, carente de legitimidad y competencia". A partir de ahí: "Desobediencia, hace tiempo que venimos reclamándolo" porque la declaración rupturista no es, según Coma, "simplemente una declaración de intenciones, hay que tomarla muy enserio".
Rebelión en los ayuntamientos
El magistrado Ismael Moreno conduce desde el pasado febrero unas diligencias por posibles delitos de sedición y rebelión. Reclamó entonces a las Fuerzas de Seguridad una lista de los Ayuntamientos que habían aprobado mociones de respaldo a la resolución I/XI del Parlamento de Cataluña, la declaración rupturista que anuló el Tribunal Constitucional. Desde el Juzgado Central de Instrucción número 2 de la Audiencia Nacional, también pidió un informe sobre los estatutos, financiación y actividades desarrolladas por la Asamblea Nacional Catalana y otras asociaciones de Cataluña. Trata de determinar si han sido las "impulsoras y promotoras" de esas mociones de apoyo al bloque separatista.
El delito de rebelión, castigado con penas de 25 a 30 años, tipifica "el alzamiento violento y público con el fin de declarar la independencia de una parte del territorio nacional". El de sedición, penado con 10 a 15 años de cárcel, persigue "el alzamiento público y tumultuario para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las leyes, el legítimo ejercicio de sus funciones a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público, o el cumplimiento de sus acuerdos o de las resoluciones administrativas o judiciales".