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El PP recurre el archivo de la "pieza política" del caso del fraude de la formación

Pide que la juez Núñez Bolaños sea retirada del caso por parcialidad.

Pide que la juez Núñez Bolaños sea retirada del caso por parcialidad.
La juez Núñez Bolaños. | Europa Press

El PP-A, que ejerce la acusación particular en el caso de la formación, ha recurrido la decisión de la juez María Núñez Bolaños de archivar la pieza 'política' de los cursos de formación al entender que se trata de una decisión "absolutamente incongruente", basada en "interpretaciones falsas, o al menos incorrectas", ya que "no se ha agotado la instrucción", y adoptada por una magistrada cuya "parcialidad" ha quedado "evidenciada" en la causa.

El PP-A, que recuerda que, a día de hoy, no se ha resuelto el incidente de recusación planteado contra la juez de Instrucción número 6 de Sevilla, solicita al juez que "legalmente sustituya" a la magistrada "recusada" y que declare la nulidad del auto de archivo dictado el 11 de octubre y de todo lo actuado con posterioridad, retrotrayéndose las actuaciones a la fecha de la recusación.

Además, cuenta Europa Press, solicita que se acuerde la práctica de las diligencias de investigación que fueron acordadas en su día por el Juzgado y que "no han sido practicadas", así como las que, "siendo necesarias y pertinentes para el esclarecimiento de los hechos", han sido solicitadas por la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil y por el propio PP-A.

Los encontronazos del PP con la juez Núñez Bolaños

El primero es que el PP requirió en septiembre de este año a la magistrada la entrega a entrega de las grabaciones audiovisuales originales de las declaraciones celebradas en la causa, pero la juez elevó su petición al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) instancia a la que el PP dirigió su recusación.

Pero la Comisión Permanente del CGPJ comunicó a la juez que la recusación "deberá resolverse conforme a las normas contenidas en la Ley Orgánica del Poder Judicial" y al PP-A que "no procede que el CGPJ efectúe requerimiento alguno a la magistrada, ya que la recusación planteada debe tramitarse por las normas contenidas en la Ley Orgánica del Poder Judicial".

Pero el PP-A argumenta que ese acuerdo "no ha sido incorporado a las actuaciones con expresión de la fecha de notificación a la magistrada", lo que "denota y evidencia la parcialidad de la misma en la presente causa, sin que pueda negar el conocimiento del mismo por la propia notificación y dada la repercusión pública que tuvo en los medios de comunicación".

"A fecha de este escrito, no se ha iniciado aún la tramitación de la recusación planteada por esta parte", señala en su recurso de reforma el PP-A, que dice que, "si como entendía su señoría desde el 23 de septiembre de 2016 y luego confirmó el CGPJ el 6 de octubre, la recusación planteada debe tramitarse por las normas contenidas" en dicha Ley, "desde ese mismo momento existe el deber de abstención de la magistrada a favor del juez de Instrucción que legalmente le sustituya".

El segundo es que, antes de resolverse lo anterior, la juez archivó la pieza política del caso de la formación, según el PP, con total desprecio por la Ley ya que "en aras de la imparcialidad que ella misma invoca", la instructora "tenía y tiene el deber de abstenerse de dictar cualquier resolución en la presente causa hasta que se resuelva la recusación administrativa o jurisdiccional promovida" por el PP-A.

Y es que, a juicio de los 'populares', el Juzgado "ha venido incumpliendo frontalmente la Ley cuando, tras conocer el acuerdo de la Comisión Permanente del CGPJ, no tramitó la recusación planteada", lo que "evidencia igualmente la flagrante vulneración" del derecho a la tutela judicial efectiva reconocida en el artículo 24 de la Constitución Española y "provoca la nulidad radical" del auto de archivo y de todo lo resuelto en esta pieza desde la recusación formulada.

Tercero, el PP creer que el auto de archivo de la juez del caso "político" "resulta nulo de pleno derecho por ser absolutamente incongruente", ya que alude a que los hechos no revisten carácter de delito, para luego acordar un sobreseimiento provisional, incongruencia interna que denota una falta de motivación total y absoluta del sobreseimiento provisional acordado.

Cuarto, ocultación de hechos relevantes. El PP-A recuerda en su recurso que "hemos podido conocer" que existen unos despachos en las antiguas oficinas del Servicio Andaluz de Empleo (SAE) en Sevilla precintados por la Guardia Civil. Y añade: ""Estos son unos datos desconocidos hasta la fecha y, por tanto, esta parte desconoce la documentación que está precintada, entendiendo que debe ser cuanto menos relevante dado que la UCO ordenó su precinto". O sea, que se pone en duda, de nuevo, la ausencia de delitos en la pieza.

Por si fuera poco, el PP cree que hay diligencias fundamentales, solicitadas por el PP pero asimismo por la Guardia Civil, que "no se han practicado", o han sido rechazadas injustificadamente por la juez. Y recuerda la sorpresa causada en ámbitos judiciales por el anuncio del archivo de la pieza, meses antes de produciré y coincidiendo con la campaña electoral, anuncio que benefició con claridad al PSOE que usó del archivo en su estrategia electoral.

Claves para entender el recurso del PP

Los dos tremendos casos de corrupción reciente en Andalucía protagonizados por el PSOE -tanto por el número de altos cargos socialistas implicados como por la cantidad de dinero defraudado -, son el caso ERE y el caso de la formación profesional. En ambos casos hay una "pieza política", un sumario aparte, iniciado en ambas ocasiones por la juez Alaya, pero separado después del sumario general, que incluía la hipótesis de que ninguno de los casos hubiera sido posible de no haber mediado una trama política vinculada a la Junta de Andalucía.

La juez Núñez Bolaños, sustituta de la juez Alaya en el procedimiento tras una tormentosa transición, separó estas piezas del sumario general. Una de ellas, la de los ERE, fue instruida por el juez de apoyo, Álvaro Martín, que concluyó con la imputación formal y el anuncio de apertura de juicio oral a los ex presidentes de la Junta, Manuel Chaves y José Antonio Griñán y un nutrido grupo de ex consejeros, viceconsejeros y directores generales de la Junta de Andalucía.

Sin embargo, en el otro sumario, el de la formación, se separó igualmente la pieza política, pero quedó bajo la instrucción de la juez Núñez Bolaños, sobre la que, desde el principio, han sobrevolado las insinuaciones de su proximidad al PSOE y, en concreto, al actual consejero de Justicia e Interior de la Junta de Andalucía, Emilio de Llera. La juez Alaya advirtió que si se troceaba el sumario el caso quedaría en nada, porque quedaría en la oscuridad la trama política y porque las menores cuantías derivadas convertirían el caso en meras irregularidades administrativas.

Y así fue. La juez Núñez Bolaños termino archivando, con el acuerdo de la Fiscalía, la pieza "política" del caso del fraude de los cursos de formación en octubre de este año mediante un auto en el que no consideraba que hubiera existido una "red clientelar" vinculada al PSOE acaparando las ayudas o que los fondos millonarios se repartieran con criterios de "clientelismo político", según destaca el auto conocido este martes. Estaban investigados 24 ex altos cargos del gobierno andaluz y el anuncio de su archivo fue motivo de escándalo por haber emanado del mismo juzgado en plena campaña electoral de junio de 2016.

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