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La Fiscalía andaluza pide prisión para el exconsejero de Susana Díaz, Luciano Alonso

La Fiscalía endureció las penas que solicita por nombrar a dedo cargos oficiales, el delito de falsedad continuada de documento público.

El juicio a Luciano Alonso, exconsejero de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía desde 2013 hasta junio 2015, esto es, miembro del gobierno de Susana Díaz que sucedió a José Antonio Griñán en la presidencia de la Junta en 2013, experimentó ayer una sorpresa y un testimonio favorable a sus decisiones de nombrar a personas no idóneas para cubrir cargos oficiales, que son las que se juzgan.

La sorpresa es la petición final de la Fiscalía Superior de Andalucía en su exposición de conclusiones. Lejos de atemperar su petición inicial, la Fiscalía endureció las penas que solicita añadiendo el delito de falsedad continuada de documento público.

Ninguna sorpresa hubo en la reacción del presidente de la Sala, Lorenzo del Río, presidente a su vez del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que se opuso a la petición del fiscal, conjuntamente con el abogado del acusado, por considerar inaceptable que en la fase final del juicio se diera paso a una nueva acusación y por un nuevo delito no presentes en el sumario hasta el momento.

De este modo, sólo quedó vigente la petición del ministerio público de nueve años de inhabilitación pero quedó fuera la solicitud de cinco años de prisión para el exconsejero.

El testimonio favorable al exconsejero tuvo lugar desde la propia Consejería implicada y trataba de justificar la actuación de Luciano Alonso. Fueron cuatro personas que han ocupado la Secretaría General Técnica de la misma los que defendieron que la ley permite contratar personas para altos cargos de la forma en que lo hizo el consejero y por lo que está siendo enjuiciado.

Según Dolores Fernández Carmona, secretaria general técnica de la Consejería en el momento de la contratación de Luis Guerrero, como director del Centro Andaluz de Flamenco (CAF), con sede en Jerez, sede que ni visitó, la ley permite que "por necesidades del servicio" se puedan reasignar funciones, o sea, desempeñar funciones distintas y en ciudades distintas a las que corresponderían a su cargo y sede. Olvidó decir que sólo a los funcionarios de carrera y en una disposición transitoria.

Después y sucesivamente Montserrat Reyes, Isabel Mayo y Concepción Becerra ratificaron que cada consejería puede asignar funciones distintas a las que corresponden al cargo sin que el superior político conociera el cargo para el que eran nombrados.

Sin embargo, un titular de un cargo duplicado por estos nombramientos irregulares, Pablo García Casado, que ejercía la dirección de la Filmoteca de Andalucía, con sede en Córdoba, mediante un contrato de obra y servicios testificó que un día llamaron desde la Consejería pidiendo "una certificación del cese de funciones del director" y fue entonces cuando se enteró de que su cargo estaba duplicado y que Alejandro Cárdenas, "al que no conozco", había ejercido la dirección nominal de la Filmoteca.

En el juicio los testigos propuestos por la defensa del ex consejero negaron que los tres nombramientos considerados ilegales se debiesen a algún tipo de presión o enchufe por parte del entonces consejero.

Recordémoslos para poder disponer de opinión propia. Luciano Alonso nombró a su amigo socialista de Málaga, Luis Guerrero, como director del Centro Andaluz de Flamenco con sede en Jerez. Guerrero ni siquiera visitó la sede que teóricamente debía dirigir.

Alejandro J. Cárdenas, otro de los nombrados al margen de toda norma, era "hijo de Carmen Peñalver, íntima amiga de la consejera y miembro destacado del PSOE de Jaén, del que fue secretaria general provincial, además de alcaldesa de Jaén y delegada de Asuntos Sociales de la Junta en esa provincia" precisa la Fiscalía.

También nombró a María Centeno, "hija y sobrina de destacados dirigentes del PSOE de Málaga" que, según la Fiscalía, fue informada de que, "a pesar de ostentar el cargo de directora de la Filmoteca de Andalucía y percibir el sueldo que a este puesto correspondía, no iba a desempeñar función alguna relacionada con el mismo".

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