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El juez retira la euroorden contra Puigdemont pero si vuelve a España será detenido

Explica que se trata de "un delito de naturaleza plurisubjetiva que requiere una respuesta homogénea".

Explica que se trata de "un delito de naturaleza plurisubjetiva que requiere una respuesta homogénea".
Puigdemont, de campaña en Bélgica | Cordon Press

Ni siquiera están ya en busca y captura...al menos en Europa. Pablo Llarena –el magistrado que ha acumulado el grueso de la causa por rebelión, sedición y malversación en el Tribunal Supremo– ha retirado las Órdenes Europeas de Detención dictadas el pasado 3 de noviembre por la juez Carmen Lamela de la Audiencia Nacional contra el expresidente catalán Carles Puigdemont y los otros cuatro fugados en Bélgica: los exconsejeros Antonio Comín, Lluís Puig, Meritxell Serret y Clara Ponsatí. Según el auto del instructor, "los investigados parecen haber mostrado su intención de retornar a España" y el mantenimiento de la OED "no facilitaría el adecuado desarrollo del proceso".

Llarena acuerda la comunicación de esta decisión a las autoridades belgas para que interrumpan la colaboración solicitada por Lamela y devuelvan el formulario. El juez sostiene que está investigando "un delito de naturaleza plurisubjetiva" –aquellos que la realización implica la participación de dos o más sujetos activos– dotado de unidad jurídica inseparable –en la que cada uno de sus elementos componentes conserva su genuina individualidad al efecto de recibir las agravantes– lo que requiere una única contestación para evitar que las respuestas finales sean contradictorias.

Según el magistrado, la vigencia de las órdenes de detención no facilitaría el adecuado desarrollo del proceso. La estrategia de los fugados pasaba en gran medida porque la Justicia belga facilitara la extradición, pero restringiera los delitos imputables a los huidos. Puigdemont y compañía solo podrían ser juzgados por los tipos penales presentes en el Código Penal de aquel país, librándose, por ejemplo, de la rebelión. En palabras de Llarena, es posible que "el Estado requerido, en aplicación de los artículos 3 a 5 de la Decisión Marco" establezca "una restricción del título de imputación para los fugados, lo que dificultaría la respuesta homogénea que justificó la acumulación de las actuaciones e introduciría perturbaciones de defensa para los investigados que sí están a disposición de este órgano instructor, quienes podrían ser investigados y enjuiciados por todos los delitos que el instructor contempla, colocándose así en ‘peor derecho’ que quienes se encuentran fugados".

No menciona el hecho de que Oriol Junqueras, Joaquím Forn y los ‘Jordis’ de la ANC y Ómnium permanecen en prisión incondicional mientras los huidos seguirán en libertad mientras se desarrolla la investigación o hasta que decidan regresar a España. Tampoco que ocurrirá en el futuro, cuando termine la instrucción y sean nuevamente requeridos.

El auto describe el nuevo escenario que se presenta en este momento. De un lado, con posterioridad a la emisión de las órdenes, "los investigados parecen haber mostrado su intención de retornar a España, con la finalidad de tomar posesión y ejercer unos cargos electivos para cuyos comicios se han presentado recientemente". De otro, Llarena recuerda que, acumulada la causa, "se ha definido que los hechos pudieran haberse perpetrado mediante el concierto de todos los investigados y con una unidad jurídica inseparable, esto es, que la depuración de las distintas responsabilidades penales deba ser llevada de manera unificada, pues de otro modo podría romperse la continencia de la causa y conducir el proceso a respuestas contradictorias y divergentes para los distintos partícipes".

En el estado actual de las actuaciones, el magistrado considera oportuno, ponderando los intereses en juego, retirar las órdenes de detención objeto de análisis y renunciar a la petición de colaboración que comportan. Además, Llarena entiende que esta retirada no genera ningún gravamen a los afectados. Recuerda que la orden europea de detención es un instrumento de colaboración judicial y que una vez emitida, el juez instructor puede ponderar en cualquier momento la conveniencia u oportunidad de su mantenimiento, teniendo en cuenta las circunstancias que le prestan soporte conforme con su derecho interno y los efectos que esa orden de detención pueda tener en el proceso penal que se esté tramitando, en este caso en España.

Contra el auto de Llarena se puede interponer recurso de reforma y/o apelación.

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