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Instituciones Penitenciarias podría sancionar a Junqueras y Sánchez

Según ha confirmado el ministro Zoido, han abierto expedientes informativos por sus artimañas para expresarse desde la cárcel.

Según ha confirmado el ministro Zoido, han abierto expedientes informativos por sus artimañas para expresarse desde la cárcel.
Oriol Junqueras, a su llegada este jueves a la Audiencia Nacional | EFE

Secretaría General de Instituciones Penitenciarias resolverá si Oriol Junqueras y Jordi Sánchez merecen sanción por sus artimañas para expresarse desde la cárcel. El líder de Esquerra ha reconocido que utilizó una de las llamadas que permite el reglamento a los presos para entrevistarse telefónicamente con el programa El Món de RAC1. Por su parte, exlíder de la ANC Jordi Sánchez –nº2 en la candidatura de Carles Puigdemont–remitió audios desde Soto del Real.

Fuentes penitenciaras han explicado que las posibles sanciones afectan sobre todo a restricciones de actividades como de horas de disfrute en el patio o los contactos con personas del exterior. El centro de Estremera reconoce a Oriol Junqueras el derecho a conversar por teléfono con su familia; que está tasado en cinco minutos de duración máxima para cada una de sus llamadas.

El exvicepresidente de la Generalidad ha aprovechado uno de esos espacios para enviar un mensaje a Puigdemont: "Yo estoy aquí porque no me escondo nunca de lo que hago y porque soy consecuente con mis actos, decisiones, pensamientos y voluntad", ha manifestado en la entrevista. Además, Oriol Junqueras es reincidente. ERC difundió el pasado sábado en un acto electoral en Barcelona un audio suyo de 46 segundos grabado desde la prisión: "Seremos nosotros los que pararemos la infamia, los que no dejaremos que pasen la apisonadora por todo el país". En una entrevista por cuestionario en el periódico La Vanguardia, decía el domingo de que "cada día hay más problemas" con sus visitas a la prisión.

Arnaldo Otegi utilizó este método en 2012 en la emisión de EH Bildu de un vídeo suyo en un mitin en Barakaldo (Vizcaya). La sanción para el condenado por terrorismo, clasificado entonces en segundo grado por integración en ETA, fue de 12 días en aislamiento en celda por una falta grave y a tres días sin posibilidad de disfrutar de paseos por falta leve.

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