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El juez Llarena descarta reactivar la orden de detención contra Puigdemont en Dinamarca

"La provocación de una detención, busca que pueda" decir que su ausencia en el Parlament no se basa en su decisión sino en una "situación impuesta".

Carles Puigdemont seguirá con su vida en el extranjero sin la condición de fugitivo. El magistrado Pablo Llarena ha denegado la petición de la la Fiscalía que reclamaba una orden europea de detención contra el expresidente de Cataluña aprovechando su viaje a Copenhage (Dinamarca). El Ministerio Público apreciaba en este desplazamiento una oportunidad idónea puesto que la legislación danesa prevé automatismos en la entrega de huidos y menos trámites que Bélgica. De hecho, los delitos de rebelión y sedición están penados en el país nórdico con penas de hasta cadena perpetua.

El instructor de la causa por el proceso separatista encuentra razonable la petición del fiscal porque está fuera de España para eludir un procedimiento penal aunque con matices por los que "debe posponerse la orden solicitada". Según el auto de Llarena, la decisión llegará, en su caso, cuando "el orden constitucional y el normal funcionamiento parlamentario no puedan resultar afectados por su emisión, además de que el desarrollo de la investigación permita que el Estado requerido pueda efectuar una completa evaluación de los hechos que sustenten la petición de colaboración".

El juez subraya que "la jactancia del investigado de ir a desplazarse a un concreto lugar, no tiene otra finalidad que buscar la detención para subvertir la finalidad" de la orden de detención "convirtiéndolo en un mecanismo que le posibilite burlar el orden legal que rige la actividad parlamentaria". Llarena piensa que Puigdemont maniobra para ser investido presidente catalán.

"Frente a la imposibilidad legal de optar a una investidura sin comparecer en el Parlamento, la provocación de una detención en el extranjero busca que el investigado pueda justificar que su ausencia no responde a su libre decisión como prófugo de la justicia, sino que es la consecuencia de una situación que le viene impuesta", explica el magistrado.

Llarena enmarca este movimiento en "la estrategia anticonstitucional e ilegal" de los separatistas. Apunta que Puigdemont está forzando "un contexto en el que poder delegar su voto, como si estuviera en el mismo supuesto que quienes están a disposición de este Tribunal y han sido provisionalmente privados de su libertad". El juez sostiene que una delegación de voto estando en arresto en Dinamarca "instrumentalizaría la privación de libertad para alcanzar la investidura (…) evitando someterse a la jurisdicción nacional y oponiéndose desde el extranjero a la extradición que pueda cursarse".

La resolución califica como "evidente" que los instrumentos de privación de libertad que el ordenamiento habilita no pueden desplegarse para facilitar la ruptura del mismo. Sobre la retirada en su día de la orden, el magistrado recuerda que "podían introducir una restricción inaceptable del objeto del proceso al ser posible que el Estado requerido" impidiera que se juzgara a los huidos por rebelión y sedición, delitos no castigados en el ordenamiento jurídico belga, algo que dificultaría la respuesta homogénea que había justificado la acumulación de las actuaciones ante este tribunal".

El auto concluye que, contra lo expresado por "sectores interesados", es decir, el entorno separatista, la restricción de la imputación por un Estado extranjero a quien se peticiona la entrega de un prófugo no es muestra de que la calificación penal de los hechos por la jurisdicción española "sea inadecuada o errónea". Llarena puntualiza que la decisión de retirada de la Euroorden no responde a una desconfianza sobre la actuación de un Estado en concreto, sino en las lógicas divergencias que pueden existir entre los ordenamientos jurídicos de distintos Estados de la Unión.

"Y la remota posibilidad de que el desplazamiento del investigado no responda a lo que se ha expuesto, sino a una exclusiva inquietud académica, no hace razonable que no se contemple la posibilidad que se expresa, obligando a posponer la orden de detención a un momento -no necesariamente lejano- en el que el orden constitucional y el normal funcionamiento parlamentario, no se encuentren en riesgo por una detención que- como el Ministerio Fiscal defiende- sería lógica en otro contexto".

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