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El Constitucional rechaza suspender la prisión preventiva de Sánchez

El TC no está revisando la decisión de juez Llarena en el TS, sino la de Lamela en la AN. 

El TC no está revisando la decisión de juez Llarena en el TS, sino la de Lamela en la AN. 
Jordi Sánchez en una foto de archivo. | EFE

El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado la petición que hizo Jordi Sánchez para que se suspendiera provisionalmente la orden de ingreso en prisión que dictó contra él la juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela.

Sánchez, número dos de JxCat, presentó un recurso de amparo contra esa orden de prisión preventiva, al igual que Jordi Cuixart, y el Constitucional admitió a trámite ambos recursos el pasado 5 de febrero. Esos dos recursos de amparo seguirán su curso al margen de la decisión de hoy y serán respondidos en sentencia futura.

De hecho, estos dos recursos de amparo, o la decisión de hoy, no ponen sobre la mesa del TC la posibilidad de ordenar la libertad de los afectados, porque ahora están en prisión por orden del juez competente de la investigación del procés en el Supremo, Pablo Llarena.

El TC no está revisando las decisiones del Supremo en estos recursos, sino de la Audiencia Nacional. Llarena ya ha confirmado la prisión para Sánchez y le ha denegado el permiso para salir de prisión. Es decir, el curso de los hechos ha dejado fuera de tiempo las decisiones que está tomando el TC sobre estos recursos.

En todo caso, como Sánchez pidió la suspensión de la orden de Lamela, dictada en octubre de 2017, y de la confirmación de la misma que hizo la propia Audiencia Nacional en noviembre, el TC abrió una pieza separada para analizar su petición de suspender cautelarmente esa orden de prisión. Hoy ha rechazado esa solicitud. En aquella solicitud Sánchez explicaba que la prisión preventiva genera para él "irreparables perjuicios en sus derechos", tanto el de la libertad y presunción de inocencia como a la participación política.

El Constitucional responde, como ha dictado de manera constante su jurisprudencia, que suspender provisionalmente una medida cautelar contra la que se ha recurrido en amparo supone en la práctica dictar un fallo sobre el fondo del asunto, que es precisamente si deben o no mantenerse las medidas cautelares recurridas. Sobre esa base rechaza la petición del preso.

Además el TC valora que la actual situación de prisión preventiva de Sánchez responde a las decisiones adoptadas por el magistrado Pablo Llarena, decisiones que no han sido recurridas en amparo.

El juez del Supremo Pablo Llarena no resolverá, casi con toda seguridad, sobre la libertad del candidato Jordi Sánchez antes del lunes, cuando el Parlamento catalán ha convocado el pleno de investidura, porque ha dado cinco días al fiscal y a la acción popular para que le informen sobre el asunto.

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