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La Fiscalía se opondrá a pedir un suplicatorio al Congreso para seguir juzgando a los golpistas electos

Según las fuentes consultadas por esRadio y LD, el suplicatorio no es necesario porque los golpistas electos "ya han sido procesados y son juzgados".

Según las fuentes consultadas por esRadio y LD, el suplicatorio no es necesario porque los golpistas electos "ya han sido procesados y son juzgados".
Fiscales del tribunal del 1-O | EFE

La Fiscalía se opondrá a que el Tribunal Supremo pida un suplicatorio al Congreso de los Diputados para seguir juzgando a los golpistas electos por el referéndum ilegal del 1-O. El Ministerio Público previsiblemente informará el viernes al tribunal y posteriormente, la Sala de Enjuiciamiento resuelva.

Las defensas de Oriol Junqueras, Josep Rull, Jordi Turull, Jordi Sánchez y Raül Romeva han pedido este miércoles que el Alto Tribunal solicite permiso formal a través de un suplicatorio al Congreso y al Senado para que se les pueda seguir juzgando, lo que conllevaría la paralización temporal del juicio. También, reclaman la libertad "para ejercer con plenitud" las responsabilidades derivadas de su nueva condición de diputados y senadores, tras ser elegidos en las elecciones del pasado 28 de abril.

Según las fuentes consultadas por esRadio y Libertad Digital, la Fiscalía se opondrá a la petición del suplicatorio tomando como referencia el artículo 750 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y el artículo 71 de la Constitución, ya que los golpistas electos "ya han sido procesados y de hecho, están siendo ya juzgados, por lo que esa fase procesal ya está superada".

El artículo 750 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece que "el juez o tribunal que encuentre méritos para procesar a un senador o diputado a Cortes por causa de delito, se abstendrá de dirigir el procedimiento contra él si las Cortes estuvieran abiertas, hasta obtener la correspondiente autorización del Cuerpo Colegislador a que pertenezca".

Mientras, el artículo 71 de la Constitución señala que "los diputados y senadores no podrán ser inculpados ni procesados sin la previa autorización de la Cámara respectiva. En las causas contra Diputados y Senadores será competente la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo".

Es decir, ni la Ley de Enjuiciamiento Criminal, ni la Constitución Española contemplan la petición del suplicatorio para "procesados, acusados o aquellos que ya están siendo enjuiciados". Es por tanto un requisito para aquellos diputados y senadores que van a ser "inculpados" y que todavía "no están procesados".

Las mismas fuentes apuntan que el Ministerio Público sí concederá a los 5 golpistas electos un permiso para jurar su cargos en el Congreso y en el Senado el próximo 21 de mayo, y posteriormente, regresar a la cárcel madrileña de Soto del Real donde permanecen en prisión provisional. El Supremo no ha fijado vista para ese día.

Tras resolver esta cuestión el tribunal del 1-O que preside el magistrado Manuel Marchena también tendrá que deliberar sobre el alcance de la actividad parlamentaria de Junqueras, Rull, Turull, Sánchez y Romeva. Un tema más complicado si cabe, ya que se debe garantizar el cumplimiento del artículo 23 de la Constitución que se refiere a la participación política.

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