Menú

El Tribunal Supremo ordena a la Junta Electoral que permita votar a los policías desplazados en Cataluña

La Sala de lo Contencioso del Alto Tribunal ha estimado acordar la medida cautelarísima presentada por el sindicato policial Jupol.

La Sala de lo Contencioso del Alto Tribunal ha estimado acordar la medida cautelarísima presentada por el sindicato policial Jupol.
Agentes de la Policía en Barcelona durante la semana de los disturbios. | Cordon Press

El Tribunal Supremo ha ordenado a la Junta Electoral Central que tome las medidas oportunas para que se permita votar a los policías que se encuentran desplegados en Cataluña con motivo del dispositivo de seguridad para las próximas elecciones de este domingo.

Fuentes jurídicas han informado que la Sala de lo Contencioso del Alto Tribunal ha estimado acordar la medida cautelarísima presentada por el sindicato policial Jupol por razones de urgencia contra el acuerdo de la Junta que impedía votar a los agentes.

El plazo para solicitar el voto por correo terminó el pasado 31 de octubre, de modo que muchos policías desplazados a Cataluña se encontraron con que se les ordenaba su despliegue en Cataluña y no van a poder estar en su lugar de residencia el próximo domingo, así que no podrán votar. Ahora, el Supremo ordena a la JEC que adopte las medidas que sean precisas para solventar esta problemática.

La Sala considera que "la inminencia de la celebración de las elecciones justifica la adopción de una medida cautelarísima" e impone como solución que la JEC establezca un procedimiento de solicitud de voto por correo en las delegaciones del Gobierno en Cataluña, en cada una de las provincias en las que estén destacados los agentes, y el Ministerio del Interior adopte las medidas pertinentes desplazando a todos los empleados de Correos que sean necesarios.

Los magistrados establecen además que se amplíe el plazo de emisión de voto por correo en estos casos hasta el 10 de noviembre incluido y plazo para su escrutinio, hasta el día 13, garantizando en todo caso que no haya supuestos de doble emisión de votos. La medida sólo afecta a los agentes trasladados después del 31 de octubre sin que se les hubiera avisado con antelación.

El problema es que los relevos enviados en los últimos días por el Ministerio del Interior a la región no fueron advertidos con la suficiente antelación, razón por la que no habían solicitado el voto por correo ni lo habían entregado pues contaban con votar con total normalidad en su colegio electoral durante este domingo. En total son más de 1.500 policías nacional los que no podían votar, así como varios cientos de agentes de la Guardia Civil.

A principios de este semana, tres de los sindicatos (Jupol, Sup y UFP) con representación en el Consejo de la Policía solicitaron a la Junta Electoral Central que se habilitase alguna manera excepcional para que estos agentes pudieran ejercer su derecho al voto, pero el órgano electoral dijo que no había manera para hacerlo. Ante esta respuesta, Jupol recurrió ante el Tribunal Supremo para que estos agentes pudiesen votar.

Este mismo viernes Vox ha solicitado medidas extraordinarias para que pudieran votar y ha planteado que puedan hacerlo "por medio de persona autorizada", es decir, un notario con el que deberán ponerse en contacto y que actuará "de manera gratuita" a través del Consejo General del Notariado. Éstos se encargarían de recoger el voto de los agentes y lo depositarían en la urna, previa presentación de un documento que se extenderá a cada uno de los agentes que lo solicite.

Temas

En España

    0
    comentarios