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La Fiscalía estudiará de "forma individualizada" los recursos a la clasificación penitenciaria de los presos golpistas

Según las fuentes consultadas por LD, el Mº Público "no se pronunciará de forma general" sobre las decisiones que adopten las Juntas de Tratamiento.

Según las fuentes consultadas por LD, el Mº Público "no se pronunciará de forma general" sobre las decisiones que adopten las Juntas de Tratamiento.
Los presos golpistas en la cárcel de Lledoners | EFE

La Fiscalía estudiará de "forma individualizada" los eventuales recursos que se presenten contra la clasificación y el tratamiento penitenciario que se aplique a los presos golpistas del 1-O: Oriol Junqueras, Raül Romeva, Carme Forcadell, Joaquim Forn, Jordi Turull, Josep Rull, Jordi Sánchez, Jordi Cuixart y Dolors Bassa.

Las Juntas de Tratamiento de las cárceles de Lledoners, El Catllar y Puig de les Basses deberán decidir en los próximo días si les clasifican en segundo o tercer grado, y si se les aplica el artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario, el llamado principio de flexibilidad, que les otorgaría un régimen de semilibertad.

Según las fuentes fiscales consultadas por Libertad Digital, el Ministerio Público "no se pronunciará de forma general" y estudiará el eventual recurso contra la clasificación penitenciaria o la aplicación del artículo 100.2 de flexibilidad a los presos golpistas, caso a caso. Es decir, podrían no ser recurridos todos los casos, o recurrirse diferentes aspectos penitenciarios de cada condenado.

Fuentes penitenciarias apuntan a este diario que previsiblemente serán clasificados en 2º grado y posteriormente, se les aplique el artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario, para poder trabajar entre semana fuera de la cárcel y dormir en su casa los fines de semana.

El primer grado se reserva para los reos más peligrosos como presos terroristas, asesinos, violadores. En el segundo grado, los presos ya pueden tener salidas o permisos al cumplir un cuarto de su condena. Éste es el más común y en el que son clasificados el 80% de los reclusos, salvo Cataluña que tiene transferidas la competencias en esta materia. Finalmente, en el tercer grado los encarcelados sólo acuden al centro penitenciario para dormir entre semana, lo que les permite trabajar y ­pasar los fines de semana en libertad.

Los beneficios de la clasificación en tercer grado también se pueden obtener si un preso en clasificado en segundo grado y se le aplica el artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario. Dicho artículo establece que "con el fin de hacer el sistema más flexible, el Equipo Técnico podrá proponer a la Junta de Tratamiento que, respecto de cada penado, se adopte un modelo de ejecución en el que puedan combinarse aspectos característicos de cada uno de los mencionados grados, siempre y cuando dicha medida se fundamente en un programa específico de tratamiento que de otra forma no pueda ser ejecutado. Esta medida excepcional necesitará de la ulterior aprobación del Juez de Vigilancia correspondiente, sin perjuicio de su inmediata ejecutividad".

Las mismas fuentes fiscales consultadas por LD "esperan" que las Juntas de Tratamiento de las prisiones encargadas de clasificar a los golpistas del 1-O tampoco efectúen una clasificación penitenciaria "generalizada". Es decir, que no clasificarán a todos los condenados en segundo o tercer grado, o se les aplicará a todos el famoso artículo 100.2.

Los recursos de la Fiscalía

La Fiscalía de Barcelona podría recurrir la clasificación penitenciaria de los condenados por el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017 ante el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria correspondiente. Si no le da la razón, según la Ley, en segunda instancia ante el tribunal que ha juzgado a los golpistas del 1-O. En este caso, el Tribunal Supremo tendría la última palabra.

Por su parte, la aplicación del artículo 100.2 podría ser recurrida por la Fiscalía en primera instancia ante el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria y en segunda instancia ante la Audiencia Provincial correspondiente. No obstante, recordamos que las competencias de Instituciones Penitenciarias están transferidas en Cataluña.

En el juicio del 1-O celebrado en el Tribunal Supremo, la Fiscalía solicitó en su escrito de conclusiones definitivas que el tribunal impidiera que se concediera el tercer grado a los presos golpistas hasta la mitad del cumplimiento de la pena con la aplicación del artículo 36.2 del Código Penal. El Supremo lo rechazaba y dicho trámite se realizarán por el conducto habitual. Por lo tanto, el fiscal deberá presentar un recurso si piensa que se ha concedido algún beneficio de forma ilegal.

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