Menú

El Supremo investigará por prevaricación a las prisiones que acuerden el confinamiento en casa de los golpistas del 1-O

El Supremo quiere evitar que la Generalidad de Cataluña excarcele a los golpistas aprovechando la crisis del coronavirus.

El Supremo quiere evitar que la Generalidad de Cataluña excarcele a los golpistas aprovechando la crisis del coronavirus.
Oriol Junqueras saliendo de prisión para dar clases en una universidad | EFE

El Tribunal Supremo investigará por prevaricación a las Juntas de Tratamiento de las prisiones que acuerden el confinamiento domiciliario de los golpistas del 1-O aprovechando la crisis del coronavirus.

Según fuentes del Supremo consultadas por Libertad Digital, "en el caso de que la Junta de Tratamiento de las cárceles donde se encuentran los presos de la causa del procès acuerde su excarcelación para cumplir el confinamiento en sus respectivos domicilios, el Tribunal Supremo se dirigirá a cada de esas juntas de régimen general y al director/directora de los centros respectivos para que a la mayor brevedad expliquen el fundamento jurídico que justifica esa decisión e identifiquen de forma nominal a los funcionarios que han apoyado ese acuerdo".

Estas mismas fuentes sostienen que esta actuación "se enmarcaría en la exigencia de responsabilidades penales por la posible comisión de un delito de prevaricación. De esta forma, el Supremo quiere evitar que la Generalidad de Cataluña excarcele a los golpistas aprovechando la crisis del Covid-19.

Cabe destacar que la Consejería de Justicia de la Generalidad estudia actualmente resquicios legales del reglamento penitenciario para poder enviar a confinarse en su casa a los presos que podían salir de día a trabajar o hacer voluntariado por el artículo 100.2, entre ellos los del procés.

El exvicepresidente catalán, Oriol Junqueras, y el resto de golpistas condenados por el 1-O se encuentran confinados en la cárcel, después de que se les suspendieran sus salidas para trabajar en virtud del artículo 100.2, que se les ha ido aplicando en los últimos meses.

Desde el Departamento de Justicia catalán justifican que la excarcelación de los presos sujetos al artículo 100.2 sería una "medida excepcional en una emergencia sin precedentes" y se aplicaría solo a los reclusos con un bajo riesgo de reincidencia y que dispongan de un domicilio fijo. Dicha decisión sería de aplicación inmediata, si bien tendría que ser avalada después por el juez de vigilancia.

Según explicaba el Departamento de Justicia en un comunicado, la consejera, Ester Capella, ha dado instrucciones a las juntas de tratamiento de las cárceles para que estudien si la ley permite que los reclusos del 100.2 puedan permanecer en sus domicilios mientras dure el estado de alarma, como sucede con parte de los que están en tercer grado.

Temas

En España

    0
    comentarios