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El juez rechaza la interpretación de la Fiscalía: Bousselham no ha perdonado a Iglesias y no pueden compartir abogada

Según el auto, "es necesario garantizar la pretensión de Dina Bousselham en su legítimo derecho a ejercer la acción penal y esclarecer el delito".

Según el auto, "es necesario garantizar la pretensión de Dina Bousselham en su legítimo derecho a ejercer la acción penal y esclarecer el delito".
La exasesora de Podemos, Dina Bousselham, a su llegada a la Audiencia Nacional en Madrid. | EFE

El titular del Juzgado Central de Instrucción nº 6 de la Audiencia Nacional, Manuel García Castellón, ha requerido a la exasesora de Pablo Iglesias, Dina Bousselham, para que designe un abogado de su confianza ante el conflicto de intereses por compartir a la letrada Marta Flor Núñez con el vicepresidente del Gobierno en el marco del caso Villarejo. El instructor no comparte la tesis de la Fiscalía Anticorrupción sobre un supuesto perdón de Bousselham a Iglesias en este caso.

Según el auto de 6 páginas, "es necesario garantizar la pretensión de Dina Bousselham en su legítimo derecho a ejercer la acción penal y esclarecer el delito, frente a una representación empeñada en limitar esta actuación. La sustracción de la tarjeta y su suerte, ha sido (y sigue siendo) para la víctima, un elemento nuclear de su pretensión. Ante ello, Dina Bousselham reclama de la Justicia una respuesta. Debe recordarse que fue la Sra. Bousselham quien puso en marcha la actividad judicial, desde el mismo momento que presentó su primera denuncia, de la única manera que le es posible; personándose en la causa e impulsándola conforme a los instrumentos que le ofrece el legislador".

"Es importante resaltar", añade el auto, "el carácter particularmente degradante y vejatorio que los hechos que se han venido conociendo tienen para Dina Busselham, como ella misma ha manifestado, en tanto que atenta contra su intimidad y contra su patrimonio".

Según el magistrado, "frente a esta contundente posición procesal mantenida, el Ministerio Público interpreta que Dina Bousselham ha puesto de relieve una inequívoca falta de voluntad por esclarecer los hechos. No se comparte esta conclusión, como tampoco que, de la actuación de Dina Bousselham se desprenda una tácita renuncia al ejercicio de la acción penal frente a Pablo Iglesias Turrión, y es precisamente en este punto donde el conflicto se revela insostenible. El Ministerio Público pone el foco de atención en las diferentes versiones de Dina Bousselham, en ocasiones contradictorias, y trata de inferir de ello una voluntad exculpatoria tácita respecto del Sr. Iglesias. Este magistrado, al contrario, considera que en ningún caso puede deducirse esta interpretación".

"Si en un supuesto tan extremo como el referido no resulta coherente esgrimir una voluntad implícita de dispensar por quien en el proceso se constituye como acusación particular, tampoco en este caso se aprecia oportuno en este momento, pretender una exculpación, frente a quien ni siquiera ha sido llamado al proceso como investigado", añade el auto.

"En atención a todo ello, y ante la presencia de un efectivo conflicto de intereses entre las dos posiciones que la letrada Marta Flor Núñez García se acuerda requerir a la víctima de los hechos investigados Dina Bousselham para que proceda al nombramiento de abogado de su confianza, o en otro caso, firme que sea este auto, se procederá a la designación de representación letrada de oficio, conforme a la legislación correspondiente", concluye el magistrado Manuel García castellón.

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