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Garcia-Castellón aplaza al 28 de septiembre la declaración de Corinna y deja en el aire si la hace por videoconferencia

La amiga de Juan Carlos I tenía previsto testificar el próximo día ocho. Lo haría desde Londres sólo si la situación sanitaria lo aconseja.

La amiga de Juan Carlos I tenía previsto testificar el próximo día ocho. Lo haría desde Londres sólo si la situación sanitaria lo aconseja.
Corinna en una imagen de archivo. | Cordon Press

El juez Manuel García-Castellón ha aplazado hasta el próximo 28 de septiembre la declaración de Corinna Larsen como investigada por un supuesto encargo a José Manuel Villarejo, el comisario jubilado y en prisión provisional.

Pese a autorizar a que ésta se realizara por videoconferencia el próximo día 8 ahora deja esta posibilidad en el aire al no ver razones de seguridad ni orden público que justifiquen que no se desplace a España para prestar declaración en persona.

El juez señala que no se razona qué interés de utilidad o conveniencia para la causa puede presentar la declaración desde "su despacho de abogados en Londres", que resulta especialmente problemática cuando se trata de un investigado.

"Pues no solo impide asegurar a este instructor que en efecto la declaración se vaya a realizar donde se afirma, sino que además no se aclara en qué modo se puede dar fe alguna de la efectiva identidad de aquella, de sus letrados, intérpretes, asistentes o cualquier otra persona o circunstancia concurrente, en términos que permita garantizar que la declaración se acomoda a las exigencias previstas en la ley procesal penal española", añade.

Pendientes de la situación sanitaria

No obstante, el titular del Juzgado de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional admite que no se puede obviar la situación sanitaria concurrente y la evolución de la pandemia del Covid-19, así como las restricciones a la movilidad vigentes o que puedan acordarse por los diferentes Gobiernos.

"De este modo, queda siempre a salvo la posibilidad que la investigada pudiera alegar razones de salud u otras de orden público para justificar los peligros inherentes al desplazamiento a la sede del órgano judicial".

En ese caso, de cursarse la petición, "se valoraría la oportunidad de la realización de la declaración por medio de videoconferencia, en condiciones que permitan garantizar la salvaguarda del derecho de defensa, en todo caso, en lugar distinto al despacho de abogados de la investigada, como pudiera ser, por ejemplo, en la Embajada de España en el Reino Unido, y en presencia del Magistrado Instructor".

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