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¿A qué delitos se enfrenta Iglesias?

El juez pide la imputación de Iglesias por delitos de revelación de secretos con agravante de género, daños, denuncia falsa y simulación de delitos.

El juez pide la imputación de Iglesias por delitos de revelación de secretos con agravante de género, daños, denuncia falsa y simulación de delitos.
El vicepresidente tercero del Gobierno, Pablo Iglesias, durante su intervención en el Congreso. | EFE

El titular del Juzgado Central de Instrucción nº 6 de la Audiencia Nacional, Manuel García Castellón, ha solicitado al Tribunal Supremo la imputación del vicepresidente del Gobierno, Pablo Iglesias por presuntos delitos de revelación de secretos con agravante de género, daños informáticos, denuncia falsa y simulación de delitos en el marco del caso Dina.

A continuación, en Libertad Digital detallamos la explicación del magistrado García Castellón para solicitar la imputación de Iglesias por dichos delitos.

Revelación de secretos con agravante de género

Los hechos que rodearon al robo del móvil de la exasesora de Pablo Iglesias, según el juez se incardinan en un delito de descubrimiento y revelación de secretos del artículo 197.2 del Código Penal que sanciona a quien, sin estar autorizado se apodera, utiliza o modifica en perjuicio de tercero, datos reservados de carácter personal o familiar de otro que se hallen registrados en ficheros o soportes informáticos, electrónicos o telemáticos. Además, el juez entiende que en este caso concreto concurre la agravante del art 22.4 del código Penal, porque "el hecho se habría cometido por razones de género".

Después de analizar la doctrina jurisprudencial sobre este delito, el instructor concluye que "podríamos apreciar un acceso no consentido a datos de carácter personal por parte del Sr. Iglesias, además de un apoderamiento de los archivos aprehendiendo el dispositivo en el que se almacenaba la información (la mini tarjeta SD) de carácter íntimo y personal de Dina Bousselham".

El magistrado explica que el delito de descubrimiento y revelación de secretos requiere denuncia de la persona agraviada, en este caso Dina Bousselham. El magistrado considera que debe ser el órgano competente, la Sala Segunda del Tribunal Supremo quien decida si considera oportuno o no citar a la Sra. Bousselham, a los efectos de manifestar si exculpa al señor Iglesias por los hechos expuestos, tal y como ha venido interesando en varias ocasiones la Fiscalía Anticorrupción. García Castellón argumenta que hasta ahora no ha practicado esta diligencia, toda vez que la Sala de lo Penal confirmó la incompetencia de la Audiencia Nacional para investigar estos hechos. Dicho delito está castigado con penas de prisión de 1 a 4 años.

Delito de daños informáticos

El magistrado García Castellón indica que la interrupción de la investigación tras el auto de la Sala de lo Penal ha impedido recabar una prueba directa de la destrucción material de la tarjeta por parte del aforado, "esto no impide, sin embargo, que se pueda sostener en esta fase, y desde la provisionalidad del momento procesal inicial en el que nos encontramos, que existen elementos de cargo suficientes para poder atribuir al Sr. Iglesias por los daños sufridos por la micro tarjeta SD".

Según el juez, Iglesias recibió la micro tarjeta de memoria en buen estado, que se la llevó y que durante un tiempo la tuvo en su poder; que no consta que la compartiera con nadie más; la misma tarjeta, añade el juez- que recibe de Antonio Asensio- es la que entregó a Dina Bousselham, que trató de recuperar los datos y que sigue sin funcionar.

García Castellón considera que ahora debe ser el órgano competente el que decida si practicaba más diligencias para concretar cómo se dañó la tarjeta. "La única explicación posible, a partir de los indicios recabados, para entender la inoperatividad de la tarjeta, es que los daños se causaran mientras estaba en poder del Sr. Iglesias, pues la micro tarjeta funcionaba en el momento en el que el sr. Asensio se la entrega, y ya no lo hace cuando el sr. Iglesias se la devuelve". El delito acarrea una pena de prisión de 6 meses a 3 años.

Denuncia falsa y simulación de delito

El magistrado califica de "consciente y planificada actuación falsaria desplegada por el Sr. Iglesias con su personación, fingiendo ante la opinión pública y ante su electorado, haber sido víctima de un hecho que sabía inexistente, pocas semanas antes de unas elecciones generales".

García Castellón relata que bajo las instrucciones dadas por Iglesias, y con el beneplácito de la dirección de la asesoría jurídica de Podemos, presentaron la desaparición del teléfono de Dina "como un encargo realizado por el Gobierno del PP al ex comisario Villarejo, para publicar en el digital Okdiario, en el contexto de una campaña para perjudicar a Iglesias, y por ende a Podemos". El delito de denuncia falsa conlleva una pena de prisión de seis meses a dos años.

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