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El as bajo la manga de Vox para frenar los indultos a los golpistas del 1-O

Fuentes jurídicas consultadas por LD afirman que los indultos podrán ser recurridos ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo.

Fuentes jurídicas consultadas por LD afirman que los indultos podrán ser recurridos ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo.
Javier Ortega en el juicio del 1-O | EFE

El Gobierno de Pedro Sánchez no tendrá la última palabra en la concesión de los indultos a los golpistas del 1-O. Fuentes jurídicas consultadas por Libertad Digital afirman que los hipotéticos indultos que pueda otorgar el Ejecutivo podrán ser recurridos ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.

En diciembre, tal y como avanzó LD en exclusiva, la Fiscalía rechazó con dureza la concesión de la medida de gracia a los 12 condenados por el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017. Los informes del Ministerio Público son preceptivos, pero no vinculantes, al igual que el que tendrá que emitir el Tribunal Supremo. La Sala Penal que preside el magistrado Manuel Marchena previsiblemente también rechace los indultos, tras revocar recientemente el tercer grado concedido a los golpistas y la aplicación del artículo 100.2 de semilibertad del régimen penitenciario.

Las mismas fuentes consultadas por este diario apuntan que la hipotética concesión de los indultos a Oriol Junqueras y al resto de condenados "podrá ser recurrida ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo (Sala Tercera) por la Fiscalía, la Abogacía del Estado y por Vox que ejerció la acusación popular en la causa". De hecho, existen precedentes de indultos acordados por anteriores Gobiernos de PSOE y PP que fueron anulados posteriormente por la Sala Tercera del Alto Tribunal.

"Es muy improbable que los indultos sean recurridos por la Abogacía del Estado o por la Fiscalía, ya que los fiscales del 1-O de lo Penal ya no tendrían competencia al tratarse de un asunto Contencioso-Administrativo. La llave para anular los indultos a los golpistas en el Supremo la tendría Vox que podría recurrir los indultos como parte interesada", subrayan.

En este contexto, Vox tendría que superar un obstáculo, conseguir que la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo considere a la formación "parte interesada" en este proceso. "Vox ha participado en la causa del 1-O y un hipotético indulto de los golpistas anularía la acción penal en la que participaron y ejercieron la acusación popular. No tendría que haber problemas para que la Sala de lo Contencioso-Administrativo considerase a Vox parte interesada y admitiera a trámite su recurso contra los indultos", destacan.

La tramitación de los indultos

Mientras tanto, el proceso del indulto sigue su curso y en próximas fechas la Sala Penal podría dar traslado a la Abogacía del Estado de las peticiones de esta medida de gracia para que presente su respectivo informe. Por su parte, Vox que a priori durante la tramitación de los indultos tiene poco margen de maniobra al ser la acusación popular, ha presentado un escrito de alegaciones ante la Sala Penal del Supremo haciendo constar su rechazo absoluto a esta medida de gracia.

Según Vox, el mensaje que se estaría ofreciendo por parte del Gobierno si acuerda los indultos sería "la más absoluta impunidad de los delitos cometidos contra el orden constitucional". "No caben más contemplaciones sobre las actuaciones delictivas, ni tampoco se debe consentir que el Gobierno por intereses partidistas, electoralistas o ideológicos pretenda utilizar este medio para blanquear una actuación delictiva", concluía.

Precedentes de indultos anulados

Cabe destacar que existen precedentes de concesión de indulto que fueron anulados por el Tribunal Supremo previa interposición del correspondiente recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo.

En noviembre de 2013, el Tribunal Supremo anulaba el indulto al conductor kamikaze Ramón Jorge Ríos Salgado que había sido concedido por el Ministerio de Justicia que entonces dirigía Alberto Ruiz Gallardón. El Pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo anuló el indulto para este hombre que fue condenado a 13 años de prisión por causar la muerte de un joven de 25 años tras conducir durante cinco kilómetros en dirección contraria por la AP-7, en el tramo entre Silla-San Juan, en diciembre de 2003.

En su sentencia, el Tribunal Supremo consideró que dicha concesión no señalaba "las razonas de justicia, equidad o utilidad pública, exigidas por el legislador, y que han de ser determinantes del indulto, desde otra perspectiva, la única fundamentación que el mismo contiene, no podemos situarla en el terreno de la lógica jurídica, excluyente de la arbitrariedad". La Fiscalía y el tribunal sentenciador habían informado en contra del indulto, tal y como previsiblemente suceda en el caso del golpe del 1-O.

En segundo lugar, el Tribunal Supremo anuló ese mismo año el indulto concedido al banquero Alfredo Sáenz por el gobierno de José Luis Rodriguez Zapatero, al no considerar "indultable" la inhabilitación para el ejercicio de la actividad bancaria que prohíbe ejercer de consejero delegado de un banco a alguien con antecedentes penales por delito doloso.

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