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Juristas escandalizados con la 'patada en la puerta' de Marlaska en un domicilio de Madrid: "Es propio de la KGB"

Expertos jurídicos consultados por LD destacan que violar el estado de alarma por la pandemia es una "infracción administrativa y no un delito".

Expertos jurídicos consultados por LD destacan que violar el estado de alarma por la pandemia es una "infracción administrativa y no un delito".

La 'patada en la puerta' del ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, "es propia de la KGB". Expertos jurídicos consultados por Libertad Digital se han mostrado "escandalizados" con el incidente que protagonizó la Policía Nacional recientemente al irrumpir en un piso de la calle Lagasca de Madrid con un ariete y detener a 9 personas que celebraban una fiesta ilegal. Este incidente se viralizó en las redes sociales y abrió un debate en la opinión pública.

"La Policía sólo puede irrumpir en un domicilio con autorización judicial, con autorización del morador o en caso de delito flagrante", afirman. En este sentido, la jurisprudencia del Tribunal Supremo define como delito flagrante el que se está cometiendo o se acaba de cometer cuando el delincuente es sorprendido.

No obstante, los juristas consultados recuerdan que "celebrar una fiesta ilegal en plena pandemia de la covid-19 es una infracción administrativa por violar el decreto del estado de alarma del Gobierno, pero no es un delito. De hecho, con su actuación, los agentes podrían haber cometido presuntos delitos contra las garantías constitucionales o un delito de allanamiento de morada".

El artículo 534 del Código Penal recoge que "será castigado con las penas de multa de seis a doce meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público de dos a seis años la autoridad o funcionario público que, mediando causa por delito, y sin respetar las garantías constitucionales o legales, entre en un domicilio sin el consentimiento del morador".

Por su parte, el artículo 202 hace referencia al delito de allanamiento de morada: "El particular que, sin habitar en ella, entrare en morada ajena o se mantuviere en la misma contra la voluntad de su morador, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años. Si el hecho se ejecutare con violencia o intimidación la pena será de prisión de uno a cuatro años y multa de seis a doce meses".

No existe el delito de desobediencia

Los mismos expertos consultados rechazan de plano el pretexto de los agentes que aseguraron que los jóvenes que celebraban la fiesta ilegal cometieron un delito de desobediencia grave o resistencia a la autoridad al negarse a abrir la puerta. "No existe delito de desobediencia. Con esa teoría, se podría entrar en todos los domicilios sin la autorización de los jueces", aseguran.

"Los jueces ya no harían falta porque los delincuentes como los narcotraficantes siempre se negarían a abrir la puerta a la Policía y los agentes podrían irrumpir en cualquier casa alegando la supuesta desobediencia. Además, la entrada y registro tiene como objetivo recabar pruebas de un presunto delito. Aquí no hay delito, porque no existe el delito de fiesta ilegal. ¿Qué pruebas iban a recabar? ¿El tocadiscos?", añaden con ironía.

Por último, consideran "una vergüenza" que el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, haya justificado esta actuación policial porque supuestamente se trataba de un piso turístico, afirmación incierta, ya que se ha publicado en prensa el contrato de larga duración del arrendatario. "Aunque fuera un piso turístico, no cambian las cosas. La Policía no puede actuar así en un Estado de derecho", sostienen.

Esta es la segunda gran polémica que ha protagonizado Grande-Marlaska en apenas una semana, después de que la Audiencia Nacional sentenciara que el cese del coronel Diego Pérez de los Cobos por informar sobre una investigación secreta fue "ilegal".

Tres de los policías son reincidentes

Según ha podido saber LD, tres de los agentes que protagonizaron el incidente en la calle Lagasca de Madrid también participaron en un incidente muy similar en otro domicilio en la calle Juan Bravo a escasos metros y con poco margen horario de diferencia que no fue grabado.

El abogado penalista Juan Gonzalo Ospina, de Ospina Abogados, que lidera la defensa del arrendatario de la calle Lagasca y del otro implicado en el incidente ocurrido en la misma zona, destaca en declaraciones a esta diario que "el domicilio es inviolable". Además, no se descarta que se inicien acciones legales contra los agentes y se podría presentar una querella en ambos casos por delitos de allanamiento de morada, daños o detención ilegal.

Actualmente, el Juzgado de Instrucción nº 4 de Madrid investiga los hechos ocurridos en el piso de la calle Lagasca por un presunto delito de desobediencia contra los jóvenes que celebraron la fiesta, mientras el segundo caso ya fue archivado en el Juzgado de Instrucción nº 26 de la capital. No obstante, en este último también se podrían emprender acciones legales contra los agentes involucrados.

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