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La juez archiva definitivamente la investigación contra Aguirre y su esposo por la venta de un cuadro de Goya

Un auto, al que ha tenido acceso LD, señala que "los hechos no son constitutivos de infracción penal" y "procede acordar el sobreseimiento libre".

Un auto, al que ha tenido acceso LD, señala que "los hechos no son constitutivos de infracción penal" y "procede acordar el sobreseimiento libre".
Esperanza Aguirre | EFE

La titular del Juzgado de Instrucción nº 29 de Madrid, Concepción Jerez García, ha archivado definitivamente la investigación por supuestos delitos de estafa, falsedad documental o apropiación indebida contra la expresidenta madrileña, Esperanza Aguirre y su esposo Fernando Ramírez de Haro por la venta de un cuadro de Francisco de Goya y Lucientes por 5 millones de euros.

La querella ahora archivada y desvelada por eldiario.es fue presentada por un cuñado de la expresidenta madrileña. Según esta denuncia, Aguirre y su esposo "urdieron un plan para que, prevaliéndose del ejercicio de las facultades del cargo de presidenta de la Comunidad de Madrid, con abuso de relaciones personales y atribuyéndose facultades de disposición de las que carecían sobre un bien tasado entre 7 y 8 millones de euros y que integra el patrimonio artístico de Madrid y Nacional, infringiendo las normas que lo protegen y defraudando a la hacienda pública se apropiaron del cuadro y de su valor".

En un auto muy contundente de 9 páginas, al que ha tenido acceso Libertad Digital, la magistrada señala que "de los escritos de querella presentados, de la declaración del querellante y de los numerosos documentos, públicos y privados, unidos a las actuaciones se desprende que los hechos no son constitutivos de infracción penal" y "procede acordar el sobreseimiento libre", es decir, el archivo definitivo de la causa.

Según la magistrada, "especialmente importante resulta el documento aportado por el propio querellante, fechado el 9 de enero de 2014, del que se desprende que los hermanos Fernando, Beatriz, Iñigo (el querellante), Javier y Gonzalo Ramírez de Haro y Valdés firman el documento aceptando que el cuadro pertenece por donación a don Fernando; y que don Fernando, por las circunstancias económicas adversas que todos conocen, se ha visto obligado a vender uno de los cuadros que fue objeto de donación de su padre, afirmando que para ello ha contado con la colaboración y apoyo de sus hermanos y que, como el valor del cuadro es importante, es su voluntad que participen en el beneficio obtenido por su venta por no haberlo podido mantener dentro del patrimonio familiar".

"En el citado documento", añade, "se hace constar que el beneficio obtenido por la venta asciende a 5.122.397 € y en consecuencia don Fernando adopta la decisión de entregar a cada uno de sus hermanos y a su sobrina hija de su hermano don Juan ya fallecido la cantidad de 853.732,83 €. Se hace constar también, expresamente, que en el supuesto de que al fallecimiento de su madre doña Beatriz Valdés Ozores la cantidad pendiente de entregar a sus hermanos y sobrina sea superior a su haber hereditario en la herencia se compromete a renunciar en su momento a la herencia de su madre renuncia que acrecerá por iguales partes a sus cuatro hermanos y a su sobrina. Este documento firmado por el querellante don Iñigo contradice las afirmaciones de la querella y son confirmadas en su declaración judicial cuando reconoce que su hermano don Fernando renuncio a la herencia de su madre".

La magistrada también remarca la importancia de la escritura de acuerdo sobre la partición de herencia en el que comparece entre otros, el querellante, y en el que "se hace constar que se respeta la disposición de bienes establecida a favor del hijo Fernando Ramírez de Haro y Valdés, como sucesor en el título de conde de Bornos, contenida en la cláusula segunda del testamento, y que dichos bienes entrarán a formar parte del lote de este hijo y por tanto serán objeto de valoración al igual que los demás bienes con el fin de perseguir la igualdad entre todos los herederos. Dicha escritura está fechada el 18 de abril de 2011, es decir con anterioridad a marzo del 2012, fecha en la que podemos fijar el momento en el que son conocedores de que el cuadro pertenece a Francisco de Goya".

"Este acto contradice la teoría del engaño que habría utilizado Don Fernando para lograr apoderarse del cuadro. Por el contrario, se desprende que éste le pertenecía por ser esa la voluntad de su difunto padre y que no puede oponerse que su valor resultase muy superior con posterioridad, como consecuencia de las circunstancias sobrevenidas, de las que se han beneficiado, además, todos los hermanos por decisión o voluntad de Don Fernando. De todo ello de desprende que el relato de hechos de la querella se contradice con los
documentos aportados", destaca la instructora.

Las acusaciones contra Aguirre carecen de "fundamento"

La magistrada también hace referencia directa a las acusaciones contra Esperanza Aguirre recogidas en la querella presentada por su cuñado: "La afirmación de la participación de Doña Esperanza Aguirre, presidenta de la comunidad de Madrid desde el año 2003 al 2012, en la trama, según la querella, resulta carente de todo fundamento. El querellante utiliza el argumento del cargo que tenía Doña Esperanza y las competencias legislativas, en cuanto a decretos legislativos, del órgano de gobierno de la Comunidad de Madrid".

"Este argumento resulta incompatible con la necesaria tramitación, que requiere toda norma, y la previa delegación que se exige en materia de decretos legislativos. Sin dejar de destacar que el decreto citado fue publicado 4 días antes del fallecimiento del padre de Don Fernando, esposo de Doña Esperanza", concluye la magistrada.

Fuentes del entorno de la expresidenta de la Comunidad de Madrid consultadas por LD muestran su "enorme satisfacción" con esta decisión judicial "porque la verdad se ha abierto paso, y el auto es muy esclarecedor". El querellante aún podrá recurrir el archivo ante la propia juez y la Audiencia Provincial de Madrid.

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