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El TSJC reprocha a una juez de Barcelona que no ordenase colocar la bandera de España en un ayuntamiento

Impone al consistorio de Cardedeu que coloque la señera y la bandera nacional en la fachada a petición de Impulso Ciudadano.

Impone al consistorio de Cardedeu que coloque la señera y la bandera nacional en la fachada a petición de Impulso Ciudadano.
Fachada del Ayuntamiento de Cardedeu (Barcelona) | Libertad Digital

La bandera de España deberá ondear en el Ayuntamiento de Cardedeu. Y a su lado, la enseña de la comunidad autónoma catalana. Esa es la decisión adoptada por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) en relación a un recurso de la entidad constitucionalista Impulso Ciudadano. Así, el consistorio, gobernado por ERC y la CUP, deberá cumplir con la Constitución y el Estatuto de Autonomía.

De entrada, el Juzgado de lo Contencioso-administrativo núm. 5 de Barcelona había rechazado la petición de Impulso Ciudadano, dio carpetazo a la solicitud de adopción de medidas cautelares y condenó en costas a la asociación recurrente.

Sin embargo, el TSJC, en sentencias de 20 de enero y 8 de febrero de 2022, rectifica a la magistrada que rechazó la petición de Impulso Ciudadano, reconoce la legitimación activa de esta entidad, ordena como medida cautelar la reposición de las banderas oficiales y critica al juzgado que no valorara la actuación del Ayuntamiento.

Según una nota de Impulso Ciudadano, de los 957 municipios de Cataluña, sólo 149 exhiben la bandera nacional. En el caso de la señera, hay otros 392 ayuntamientos en los que no ondea. Con el argumento de la última resolución del TSJC, la organización requerirá en los próximos días a los ayuntamientos catalanes para que exhiban las banderas oficiales.

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