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¿A qué penas se enfrenta Rufián por el delito de revelación de secretos? Prisión, pérdida de escaño o multa

Vox y Cs estudiarán querellarse contra el portavoz de ERC, Gabriel Rufián, por divulgar secretos oficiales.

Vox y Cs estudiarán querellarse contra el portavoz de ERC, Gabriel Rufián, por divulgar secretos oficiales.
Gabriel Rufián conversa con Adriana Lastra. | EFE

Vox y Cs estudiarán querellarse contra el portavoz de ERC en el Congreso de los Diputados, Gabriel Rufián, divulgara secretos oficiales tras la comisión celebrada este jueves en la Cámara baja protagonizada por la directora del Centro Nacional de Inteligencia CNI, Paz Esteban y el supuesto espionaje con el programa Pegasus.

Rufián era el primero en salir de la reunión, tras 3 horas y media, rumbo a una entrevista con TV3 para airear lo que se estaba contando dentro, mientras el resto seguía en la reunión. Posteriormente, escribía el siguiente tweet: "Sobre la Comisión de Secretos Oficiales: 1) No hay secretos. Ni oficiales ni extraoficiales 2) No se ha dicho nada que el CNI no haya filtrado ya 3) Solo hay 2 vías. O ha sido otro país o ha sido otro organismo estatal Y la 3 es una interpretación. Repito, una INTERPRETACIÓN".

Fuentes jurídicas consultadas por Libertad Digital sostienen que la locuacidad de Rufián aireando secretos oficiales le podría llevar a ser "condenado prisión, a la inhabilitación y pérdida de su escaño o a una multa por un presunto delito de revelación de secretos". Recordamos que si fuese condenado a inhabilitación, dicha pena conllevaría la pérdida automática de su escaño en el Congreso.

El artículo 598 del Código Penal señala en este sentido que "el que, sin propósito de favorecer a una potencia extranjera, se procurare, revelare, falseare o inutilizare información legalmente calificada como reservada o secreta, relacionada con la seguridad nacional o la defensa nacional o relativa a los medios técnicos o sistemas empleados por las Fuerzas Armadas o las industrias de interés militar, será castigado con la pena de prisión de uno a cuatro años".

Por su parte, el artículo 417 del Código Penal señala que "la autoridad o funcionario público que revelare secretos o informaciones de los que tenga conocimiento por razón de su oficio o cargo y que no deban ser divulgados, incurrirá en la pena de multa de doce a dieciocho meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de uno a tres años". Si de la revelación resultara grave daño para la causa pública o para tercero, la pena será de prisión de uno a tres años, e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de tres a cinco años".

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