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La Fiscalía del Supremo investigará si Rufián incurrió en un delito de revelación de secretos

"Seguiremos haciendo lo que no hace el Gobierno: defender al Estado", ha señalado Edmundo Bal tras conocerse la decisión de la Fiscalía.

"Seguiremos haciendo lo que no hace el Gobierno: defender al Estado", ha señalado Edmundo Bal tras conocerse la decisión de la Fiscalía.
Gabriel Rufián en el Congreso. | EFE

La Fiscalía del Tribunal Supremo ha acordado investigar la denuncia presentada por Ciudadanos contra el portavoz de ERC en el Congreso de los Diputados, Gabriel Rufián, por un delito de revelación de secretos a raíz de las declaraciones que el parlamentario realizó después de que la entonces presidenta del Centro Nacional de Inteligencia (CNI), Paz Esteban, compareciese en la Comisión de Secretos Oficiales.

En el escrito presentado por Edmundo Bal se recuerda que "el pasado día 5 de mayo de 2022, se reunió en el Congreso de los Diputados la Comisión de control de los créditos destinados a gastos reservados. Regulada, en la actualidad, mediante la Resolución de la Presidencia del Congreso de los Diputados sobre dicha Comisión de 26 de abril de 2022, dispone, sin género de dudas, que los diputados que la integran están sometidos a la obligación del artículo 16 del Reglamento del Congreso, que impone la de no divulgar las actuaciones que tengan carácter secreto".

A pesar de ello, algunos diputados, en concreto Gabriel Rufián corrieron a contar a los medios de comunicación el contenido de lo que allí se había hablado. La denuncia recoge las palabras textuales del diputado de ERC a la salida de la comisión así como sus declaraciones posteriores en TV3. "Se incumple, de esta manera, no sólo la obligación específica que soportan los diputados, sino la general de no revelar información clasificada que impone, la Ley 9/1968, de 5 de abril, sobre secretos oficiales, a todas las autoridades e, incluso, a los ciudadanos", señala la denuncia.

"El incumplimiento de la obligación de guardar secreto y de no divulgar la información clasificada tiene consecuencias penales. El artículo 598 del Código Penal, castiga a aquél ‘que, sin propósito de favorecer a una potencia extranjera, se procurare, revelare, falseare o inutilizare información legalmente calificada como reservada o secreta, relacionada con la seguridad nacional o la defensa nacional o relativa a los medios técnicos o sistemas empleados por las Fuerzas Armadas o las industrias de interés militar, será castigado con la pena de prisión de uno a cuatro años´".

"Además, tal y como señala el artículo 599 del Código Penal, ‘la pena establecida en el artículo anterior se aplicará en su mitad superior cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes: 1) que el sujeto activo sea depositario o conocedor del secreto o información por razón de su cargo o destino. 2) que la revelación consistiera en dar publicidad al secreto o información en algún medio de comunicación social o de forma que asegure su difusión’". "Circunstancia (ésta) que habrá de ser tenida en cuenta en el caso de que se determine la culpabilidad del diputado", apunta Bal.

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