
Los padres de una menor de 14 años han denunciado que sufrió presuntamente abusos sexuales mientras residía en un centro tutelado de la Junta de Castilla-La Mancha que preside el socialista Emiliano García-Page. La niña ingresó en un centro de la Consejería de Bienestar Social de Guadalajara en diciembre de 2019 tras denunciar una presunta agresión de sus propios padres, cuando estos trataban de separarla de un novio que "estaba metido en el mundo de la droga".
A los pocos meses, los progenitores recibieron un informe del Sistema de Evaluación y Registro en Acogimiento Residencial SERAR de la Junta de Castilla-La Mancha que les alertó del presunto abuso sexual que había sufrido su hija. Dicho informe relataba que "a principios del mes de marzo, la menor verbaliza tener un retraso en su menstruación" y "reconoce a los educadores haber practicado relaciones sexuales sin protección". La menor estaba entonces a la espera de que el médico valorase "el pautar anticonceptivos orales para regular su menstruación además de evitar embarazos no deseados".
Tras recibir el informe, los padres deciden presentar una denuncia, a la que ha tenido acceso Libertad Digital, por abuso sexual a su hija: "Los padres se han venido a enterar a través de un informe de evaluación inicial presentado en el Juzgado, que su hija a pesar de estar bajo la tutela del personal designado por Bienestar Social u órgano dependiente, en el mes de marzo de 2020, teniendo sólo 14 años de edad, mantuvo relaciones sexuales plenas y sin medidas profilácticas y, que dicho servicio y/o personal designado para su protección, son consentimiento de los padres, le permiten tomar anticonceptivos (para curarse en salud), para evitar embarazos".
La denuncia presentada en febrero del pasado año destaca a su vez que "no cabe la menor duda, que tener relaciones sexuales con una menor de 14 años, esté considerado delito de abuso sexual, recogido en el artículo 183-1 del Código Penal".
"Los padres necesitan que lo antes posible se determine, la persona o personas, que han tenido acceso carnal con su hija, que se identifique a los mismos y se proceda a depurar las responsabilidades penales correspondientes. Que la institución donde se encuentra la menor a pesar de tener conocimiento de que se ha mantenido o se mantienen relaciones sexuales con una menor (que implica la comisión de un delito), no ha adoptado medidas para paliar dicha situación y no ha puesto en conocimiento de la Fiscalía dicho delito, haciendo dejación de funciones que le impone la Ley", afirma la denuncia.
El Juzgado de Instrucción nº 2 de Guadalajara archiva la denuncia en agosto de ese año sin investigar los hechos, ni practicar ninguna diligencia. Los padres presentan entonces un recurso, instando al Juzgado y a la Fiscalía a que ordenasen a la Policía abrir "una investigación al respecto, llevándose a cabo las pruebas solicitadas". Entre ellas, que "los servicios de forense reconozcan a la menor e informe al Juzgado si la niña ha sufrido acceso carnal".
"No es cierto, lo que, recoge el auto recurrido, que ‘al no resultar debidamente justificada la perpetración del delito’, pero, cómo se puede decir esto, cuando en la documental presentada por esta parte, se recoge claramente, en la página 7, que la niña ha mantenido relaciones sexuales, y, que la van a pautar anticonceptivos para evitar embarazos. Luego, ha habido o no habido acceso carnal a una menor de 14 años. Si lo ha habido, que lo ha habido, entra en juego el artículo 183.1 del CP, luego, sí, existe un presunto delito. Tampoco resulta razonable este sobreseimiento, porque no se ha realizado ni la más mínima investigación al respecto, es decir, es que no se ha hecho nada", añadía.
Recordamos que el artículo 183 quater del C.P. recoge que "el consentimiento libre del menor de dieciséis años excluirá la responsabilidad penal por los delitos previstos en este Capítulo, cuando el autor sea una persona próxima al menor por edad y grado de desarrollo o madurez". No obstante, para poder aplicarlo primero se debe saber con quién ha mantenido relaciones sexuales la menor de 14 años y se debe investigar el caso.
Recurso pendiente ante la Audiencia Provincial
El Juzgado de Instrucción nº 2 de Guadalajara rechaza el pasado 11 de abril las alegaciones presentadas por los padres en línea con la Fiscalía: "No consta en la causa ni de las alegaciones realizadas por los denunciantes indicio alguno de la perpetración de delito ni siquiera de persona determinada. Los denunciantes, padre de la menor, a los que se les retiró la patria potestad por parte de Servicios Sociales, ponen de manifiesto que su hija, mientras estaba tutelada, mantuvo relaciones sexuales. Este hecho por sí solo no supone delito alguno".
"Los denunciantes no indican qué persona hubiera podido mantener las referidas relaciones sexuales con la menor, tampoco manifiestan que las mismas hayan sido no consentidas, y dado que los servicios sociales ostentan su tutela, adoptan las decisiones que consideran más convenientes para la menor, en este caso y prescripción médica se valorará pautar anticonceptivos orales. Todos estos hechos, en modo alguno pueden considerarse como constitutivos de ilícito penal alguno, con independencia que los denunciantes no estén conforme con las decisiones adoptadas por las personas que ostenta la tutela de la menor, debiendo recurrir en su caso ante las jurisdicciones competentes para ello", concluye el juez.
Los padres de la menor tutelada han presentado un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Guadalajara, que hasta la fecha aún no ha resuelto.
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