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El Supremo rectifica y admite a trámite los recursos contra el indulto a los golpistas del 1-O

La Sección Quinta de la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo ha decidido por mayoría de 3 a 2 estimar los recursos interpuestos.

La Sección Quinta de la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo ha decidido por mayoría de 3 a 2 estimar los recursos interpuestos.
Los golpistas indultados tras su salida de prisión | EFE

La Sección Quinta de la Sala Tercera del Tribunal Supremo ha decidido por mayoría de 3 a 2 estimar los recursos presentados contra los autos de la propia Sala que inadmitieron inicialmente el pasado mes de enero los recursos presentados contra el indulto del Gobierno de Pedro Sánchez a los golpistas del 1-O.

La Sala que ha cambiado su composición tras la salida del magistrado Segundo Menéndez y la llegada de la magistrada Inés Huerta estima todos los recursos presentados contra la primera resolución del tribunal por PP, Cs,Vox y Convivencia Cívica Catalana, excepto el interpuesto por la entidad Pro Patrimonium Sijena y Jerusalén, que se rechaza por unanimidad.

El tribunal ordena así la continuación de los procedimientos y pospone al trámite de sentencia el pronunciamiento sobre la falta de legitimación de los recurrentes planteada por la Abogacía del Estado en todos los recursos. El contenido íntegro de los autos se conocerá en los próximos días e incluirá votos particulares.

Recordamos que en enero, la misma Sala desestimaba los recursos planteados por "la falta de legitimación activa en todos y cada uno de los recursos interpuestos". Dicha decisión era adoptada por tres votos a favor y dos en contra. De los magistrados que componían la Sección Quinta Segundo Menéndez, Octavio Herrero y Ángeles Huet se mostarban favorables a rechazar los recursos. Mientras, Wenceslao Olea y Fernando Román se posicionaban a favor de admitirlos.

Los recurrentes iniciales eran: Convivencia Cívica Catalana; los dirigentes de Ciudadanos Inés Arrimadas, Carlos Carrizosa y José María Espejo-Saavedra; partido político VOX; partido político Partido Popular; diputados y exdiputados del Parlamento de Cataluña del Partido Popular Alejandro Fernández, Santiago Rodríguez, Andrea Levy, Juan Bautista Milian y Lorena Roldán; el exdelegado del Gobierno en Cataluña Enric Milló; y la asociación Pro Patrimonium Sijena y Jerusalén.

Recordamos que el Ejecutivo indultó al exvicepresidente catalán, Oriol Junqueras; a los exconsejeros, Raül Romeva, Jordi Turull, Dolors Bassa, Joaquim Forn, Josep Rull, Santi Vila, Meritxell Borrás y Carles Mundò; a la expresidenta del Parlamento catalán, Carme Forcadell; al expresidente de la ANC, Jordi Sánchez; y al presidente de Ómnium Cultural, Jordi Cuixart.

La "legitimación" de los recurrentes

La "legitimación" es la relación especial que debe existir entre el recurrente y el objeto del procedimiento. El Supremo considera que los citados recurrentes no están legitimados para presentar un recurso sobre el indulto a los golpistas.

Tal y como publicó este diario, una de las claves a la hora de resolver los recursos que se presentasen contra los indultos era "la legitimación" de los recurrentes. A priori, Vox tenía más posibilidades de considerarse legitimado por haber ejercido la acusación popular en la causa sobre el 1-O, no obstante, eso no significa que se vaya a aceptar el recurso.

El Ejecutivo acordó el indulto a los golpistas del 1-O en Consejo de Ministros después del informe contrario presentado por la Fiscalía y por el Tribunal Supremo. La Sala Penal del Supremo que preside el magistrado Manuel Marchena afirmaba que el indulto "es una solución inaceptable", que "la petición de indulto no activa una segunda instancia ante el Gobierno de la Nación" y recordaba además que "algunos de los que aspiran al beneficio del derecho de gracia son precisamente líderes políticos de los partidos que, hoy por hoy, garantizan la estabilidad del Gobierno llamado al ejercicio del derecho de gracia".

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