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Una acusación reconoce que Luis Medina no participó en los tratos de compra investigados en el 'caso mascarillas'

El Grupo Mixto del Ayuntamiento de Madrid afirma sobre Medina que "no se acredita su participación en ninguna secuencia de los tratos posteriores".

El Grupo Mixto del Ayuntamiento de Madrid afirma sobre Medina que "no se acredita su participación en ninguna secuencia de los tratos posteriores".
Luis Medina. | Ayuntamiento de Madrid

El Grupo Mixto del Ayuntamiento de Madrid que ejerce una de las acusaciones en el denominado ‘caso mascarillas’ ha reconocido que Luis Medina no participó en los tratos de compra investigados en la causa. Dicho Grupo municipal está integrado por exconcejales de Manuela Carmena como Luis Cueto o Marta Higueras.

Un recurso del Grupo Mixto, al que ha tenido acceso Libertad Digital, remitido al titular del Juzgado de Instrucción nº 47 de Madrid para ser trasladado a la Audiencia Provincial señala que "lo actuado hasta el momento del dictado del auto de 06.06.2022 evidencia que la puesta en contacto de una persona con otra para la obtención de un contrato público de suministro de materiales de protección sanitaria para el Ayuntamiento de Madrid ha supuesto una comisión cercana al millón de euros".

"Este hecho es lo que ha supuesto que el Sr. Medina sea querellado e investigado, pues no se acredita su participación en ninguna secuencia de los tratos posteriores que dieron lugar a las compras y pagos, que se imputan al querellado Sr. Luceño. Partiendo de la anterior premisa, la aproximación entre oferta y demanda, por más que sea fugaz, tiene en nuestro caso un desorbitado valor económico. Ello debe dar lugar a agotar como materia de investigación la generación de sucesivos contactos personales, cuanto más cuando el eslabón entre los comisionistas querellados y el Ayuntamiento perjudicado fue precisamente el Sr. Martínez-Almeida (primo del alcalde de la capital)".

En el mismo escrito, los exconcejales de Carmena solicitan nuevamente la imputación en la causa del primero del alcalde de la capital José Luis Martínez-Almeida: "De lo que consta en la causa, y por lo manifestado por el testigo, se advierte que existen elementos suficientes para que el Sr. Martínez-Almeida tenga la condición de investigado, y que de ello se deriven otras diligencias además de su declaración. Sin perjuicio del derecho a la presunción de inocencia, tales diligencias permitirían el esclarecimiento de los hechos investigados, y podrían acreditar la concurrencia de indicios delictivos atribuibles a personas concretas en diferentes grados de participación. A ello se une que otras diligencias de investigación practicadas (testifical de Doña Matilde Duarte), permiten encontrar contradicciones y diferencias en cuanto a la intervención en los hechos del Sr. Martínez-Almeida, que ponen en duda razonable la veracidad de sus afirmaciones".

"Resulta oportuno y necesario llevar a cabo todas aquellas diligencias encaminadas a la averiguación de los hechos delictivos y de los indicios que permitan, y en lo que es propio de esta fase procesal, acreditar la participación de personas determinadas en los hechos objeto de investigación . Muestra de ello es que, siendo una cuestión relevante en la investigación localizar o establecer la trazabilidad de las comunicaciones entre las personas cuya intervención en los hechos de ha acreditado, el Magistrado Instructor, ante la petición de examen del teléfono móvil que se le hace en su declaración testifical, advierta al testigo en plena declaración de que no tiene que hacerlo dada su condición. Aceptando esta tesis, se hace más que necesario tenerle como investigado, y que, de ello, sin perjuicio de lo que pueda resultar, puedan practicarse diligencias que depuren la investigación", afirma el recurso.

Sus indicios contra el primo del alcalde

Según el Grupo Mixto, "la declaración testifical del Sr. Martínez-Almeida abona la necesidad de que se le tenga en condición de investigado, sobre todo porque se propician otras diligencias de investigación útiles para el esclarecimiento de los hechos, como pudieran ser las mencionadas en cuanto a sus comunicaciones personales, y las referidas a regalos o ingresos económicos extraordinarios. etc.".

"De la declaración prestada, se deduce que fue quien aproximó a los comisionistas al Ayuntamiento, realizando gestiones con persona de su conocimiento con cargo municipal y muy cercana al alcalde; es familiar (primo) del alcalde, y guarda con él buena relación; es abogado y en su despacho tiene como clientes a empresas, por lo que como jurista es conocedor del derecho y de las prácticas mercantiles comunes, entre otras la intermediación remunerada en operaciones comerciales", concluye el recurso.

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