Menú

El Supremo confirma la absolución de Rato y de otros 33 acusados por la salida a Bolsa de Bankia

El Supremo ha desestimado los dos recursos de casación que fueron presentados contra la sentencia de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.

El Supremo ha desestimado los dos recursos de casación que fueron presentados contra la sentencia de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.
Rodrigo Rato, en la salida de Bankia a bolsa | Archivo

El Tribunal Supremo ha confirmado la absolución del expresidente de Bankia y del FMI, Rodrigo Rato, y de otros 33 acusados por la salida a Bolsa de la entidad.

La Sala II del Supremo ha desestimado los dos recursos de casación que fueron presentados contra la sentencia de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional en el denominado ‘caso Bankia’, dictada el 29 de septiembre de 2020, que fue absolutoria para los acusados.

Los dos recursos ahora desestimados fueron formulados por las acusaciones particulares que representaban a AEMEC (Asociación Española de Accionistas Minoritarios de Sociedades Cotizadas) y por Bochner España, S.L.

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional acordó absolver a los 34 acusados en el juicio por delitos de estafa a los inversores y falsedad contable. La sentencia destacaba que la salida a Bolsa contó con la aprobación de todos los supervisores, Banco de España, CNMV, FROB y EBA, que el folleto contenía una "amplia y certera" información financiera y no financiera y destaca que en el juicio solo se expusieron actitudes genéricas de los acusados y no actos concretos.

Según la Audiencia Nacional, la salida a Bolsa contó con la aprobación de todas las instituciones "tanto la decisión de salir a Bolsa como la determinación de hacerlo con la estructura de doble banco fueron resoluciones enteramente contempladas por el Banco de España, que además las aprobó después de calibrar las ventajas y los inconvenientes que dichas decisiones conllevaban", para luego determinar que "lo que resulta evidente a todas luces es que el proceso que culminó con la salida a Bolsa de BANKIA fue intensamente supervisado con éxito por el Banco de España, la CNMV, el FROB y la EBA, contando en definitiva con la aprobación de todas las Instituciones."

Sobre el folleto de la salida a Bolsa, se afirmaba que el mismo contenía una amplia y certera información financiera y no financiera indicándose al respecto: "En definitiva, la información financiera incluida en el Folleto era más que suficiente para que los inversores mayoristas y minoristas se formasen un criterio razonado sobre el valor de la compañía que se estaba ofertando, una información que había sido elaborada con la supervisión y obedeciendo a los requerimientos del Banco de España, siendo luego refrendada por la CNMV al registrar el Folleto".

La Sala recordaba que el Fiscal, en sus conclusiones provisionales manifestaba que la información económica y financiera que BANKIA suministró al mercado con ocasión de la salida a Bolsa "no puede calificarse materialmente de falsa en la medida de que no vulneraba la normativa entonces vigente y cumplieron las exigencias del regulador, que llegó a autorizar expresamente algunas decisiones contables" aunque "no contribuyeron a que la imagen fiel de la entidad luciera adecuadamente".

Sobre el folleto

Respecto a la información no financiera suscrita en el folleto, la sentencia de la Audiencia Nacional indicaba que "se describen hasta 36 riesgos a la inversión en acciones de BANKIA que eran destacados en el primer punto del resumen de su contenido". Añade que "la descripción de los riesgos exhaustiva y clara contiene también una advertencia que cualquiera entendería".

La sentencia de la AN sostenía la bondad del folleto y refiriéndose a Bankia, manifestaba la "parece difícil concebir que cualquier entidad bancaria, después de contar con el beneplácito del Banco de España, de la CNMV, del FROB y de la EBA sobre la idoneidad de su salida a Bolsa y la adecuación del Folleto informativo a la realidad, recele de todos estos pareceres y proclame la necesidad de adoptar prevenciones ante compañías publicitarias que, como en el caso de BANKIA, resalten la potencia de la entidad, referenciando el elevado número de empleados, de oficinas de cajeros, y su elevada cifra de activos totales, datos que eran ciertos."

Temas

En España

    0
    comentarios