Menú

La realidad que se esconde tras la condena por violencia de género al padre de la niña asesinada por su madre

Ella trató de elevar una discusión por el divorcio a violencia habitual y el juez la acusó de faltar a la verdad y ofrecer "informaciones sesgadas".

Ella trató de elevar una discusión por el divorcio a violencia habitual y el juez la acusó de faltar a la verdad y ofrecer "informaciones sesgadas".
Eugenio, en el funeral de la pequeña Olivia | EFE

En las últimas horas, la investigación periodística por el asesinato de la pequeña Olivia ha desplazado el foco de atención de la madre y presunta asesina hacia el padre, a quien se señala ahora por haber sido condenado hace dos años por un delito de violencia de género contra su expareja.

Efectivamente, y tal y como en la tarde de este jueves aclaró el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, Eugenio García fue condenado a 9 meses de prisión en febrero de 2020 por los malos tratos proferidos a la que fuera su mujer en el marco de una discusión a cuenta del divorcio que él reclamaba unilateralmente y en la que terminó "agarrándola del brazo izquierdo, zarandeándola y golpeándola en el mismo brazo y en la espalda". Sin embargo, lo que se esconde —deliberadamente o no— es que el que juez desestimó el resto de acusaciones, llegando a decir que la mujer "falta a la verdad" y ofrece "informaciones sesgadas".

Una "pena mínima" por un hecho puntual

Concretamente, y según consta en la sentencia del Juzgado de lo Penal Número 1 de Segovia a la que ha tenido acceso Libertad Digital, en 2018 la madre de Olivia acusó a su todavía marido de cuatro delitos: maltrato con lesiones —por el episodio ya mencionado—, delito de violencia habitual, delito de lesiones psíquicas y delito leve de injurias.

El juez desestimó los tres últimos delitos, con duras acusaciones hacia la mujer, tal y como veremos a continuación, y únicamente lo condenó por el primero, subrayando que dicho episodio debía ser "analizado individualmente, pero no descontextualizado del marco de crispación que vivía la pareja". Bajo esta premisa, el magistrado optó por la "pena mínima", haciendo hincapié en que el "incidente explosivo" se produce "en un momento crucial, pues el acusado parece decidido a divorciarse y ella parece ponerle obstáculos para alcanzar su objetivo".

Al tratarse de una "pena mínima", finalmente se acordó su suspensión bajo la condición de que Eugenio no cometiera ningún delito en el plazo de dos años. Es más, el juez ni siquiera lo consideró un impedimento para otorgarle a él la custodia de la pequeña Olivia, al ser el progenitor que seguía residiendo en el lugar donde la niña tenía su arraigo.

El juez la acusa a ella de faltar a la verdad

Lo que la sentencia desliza es que la exmujer de Eugenio se aprovecha de este episodio para tratar de presentarle como un maltratador habitual, algo que el juez rechaza por completo, amparándose en los importantes testimonios de personas totalmente imparciales —desde trabajadoras de la guardería de su hija hasta la empleada del hogar—, pero también en el inconsistente relato de la supuesta víctima.

"La prueba de cargo tiene fisuras y el testimonio de la perjudicada presenta contradicciones, lagunas, es parcial. Cuenta a los profesionales una serie de informaciones sesgadas", advierte el juez. "Resulta muy difícil construir un relato acusatorio uniforme y contundente de violencia habitual, cuando la propia acusada presenta serias fisuras en su línea de testimonio —añade en otro de los párrafos—, pues falta a la verdad u omite datos que entiende que la desfavorecen, en el marco de una relación caduca y sinsentido que ella pretende superar sin la aquiescencia de su pareja".

El magistrado reconoce que "la perjudicada no era feliz en su matrimonio, por no decir que era muy infeliz", así como que "el acusado es una persona fría y distante". Sin embargo, subraya que "no es muy congruente con el aura de dominación típica de la violencia machista, que sea él y precisamente él el que se conciencie de que la relación entre ellos es inviable e insalvable". Dicho de otra manera: por lo general, los maltratadores no quieren dejar a sus víctimas, sino que son ellas las que quieren escapar. En este caso, es él el que plantea la separación y se enfada por la negativa de su pareja.

Testigos imparciales defienden a Eugenio

En cuanto a los testigos, el magistrado se aferra a los testimonios de su empleada del hogar y de una trabajadora de la guardería de su hija. La exmujer de Eugenio "ofrece un relato en el que el acusado no quiere a la niña y la maltrata con saña". Sin embargo, la sentencia estima que dicha aseveración "no es nada congruente" con el relato de una profesora que asegura que él era quien recogía habitualmente a la niña y no ella, y que ésta era "sumamente cariñosa con él y le profesaba una sincera alegría cada vez que le veía".

eugenio-padre-olivia-nina-gijon-04112022.jpg
Eugenio con su hija Olivia

La empleada doméstica, por su parte, "viene a manifestar con contundencia que ella era la que llevaba la voz cantante en la casa" y la que tenía más "carácter". Es más, asegura que "el acusado se arrugaba ante ella". El juzgador da especial relevancia a su testimonio por cuanto "es una persona que pasa largas horas con ellos" y se muestra "equidistante a los dos" sin que ninguna de las partes haya puesto en duda su imparcialidad. Así, concluye que "no existe material para sostener una condena" por violencia habitual y absuelve, por tanto, a Eugenio de dicho delito.

Ni su propio perito la creyó

En cuanto al delito de lesiones psíquicas, el juez remarca que hasta el forense propuesto por su exmujer pone en duda su relato. "Es uno de los peritos propuestos expresamente por la acusación particular quien ha inclinado a este juzgador hacia la absolución", reza la sentencia, que asegura que el experto "no se atreve, después de las repetidas entrevistas, a descartar que fueran otras circunstancias" las que causaran el cuadro psicológico alegado, ya que "existen otras variables causales en su entorno".

"Por lo tanto, si el médico psiquiatra que la atendió tiene serias dudas de que el acusado fuera el factor desencadenante de su cuadro clínico, dichas dudas se trasladan al ánimo del juzgador y procede decretar la absolución por el delito de lesiones psíquicas", concluye el Juzgado de lo Penal Número 1 de Segovia.

Cerca de 30 denuncias falsas

A pesar de las duras acusaciones que la sentencia vierte sobre su exmujer, son muchos los medios que han obviado esta importantísima parte de la sentencia para quedarse únicamente con la condena a 9 meses de prisión por un delito de maltrato circunscrito a una discusión puntual.

Obvian así el intento de falsear la realidad por parte de la presunta asesina, que, según el entorno de Eugenio, terminó interponiendo hasta 28 denuncias contra su exmarido. Denuncias por malos tratos e incluso alguna por abuso que, al igual que las ya mencionadas, fueron desestimadas. "Lo denunciaba hasta por respirar, era un sinvivir", lamentan. Y no solo a él, sino también a otros familiares, incluida la madre de Eugenio. Un auténtico calvario que, no obstante, se espera que él mismo aclare en las próximas horas.

Con tu apoyo hay más Libertad: Hazte socio

Sánchez ya ha dejado claro que un medio crítico como este es un obstáculo. Nos halaga pero necesitamos tu ayuda para demostrarle que lo que dice es cierto. Hazte socio del Club LD.

Temas

En España

    0
    comentarios

    Servicios

    • Radarbot
    • Libro
    • Curso
    • Alta Rentabilidad