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La Guardia Civil cumplió en la valla de Melilla con las órdenes y sentencias para las "devoluciones en caliente"

La izquierda enfoca a la Guardia Civil como responsable de las entregas en caliente efectuadas tras el asalto a la valla de más de 2.000 inmigrantes.

La izquierda enfoca a la Guardia Civil como responsable de las entregas en caliente efectuadas tras el asalto a la valla de más de 2.000 inmigrantes.
Vallado de la frontera de Melilla. | Archivo

El Gobierno intenta salir de una situación delicada tras las muertes en la valla de Melilla. Sus socios aprovechan la polémica para presionar al Ejecutivo de Pedro Sánchez en plenas negociaciones finales de Presupuestos y cambio de cromos en materia separatista. El ministro Fernando Grande-Marlaska se ha negado hasta el último minuto a dar información e imágenes sobre lo ocurrido aquel día, pese a estimar las ONG una cifra de casi 40 muertes en lado marroquí. Y, ahora, la izquierda empieza a enfocar a la Guardia Civil como supuesta responsable de las entregas en caliente efectuadas tras el asalto a la valla de más de 2.000 inmigrantes. Lo cierto es que las devoluciones se produjeron por orden directa del Gobierno y se invocaron las recientes sentencias en esta materia. Es decir, que la responsabilidad es del Ejecutivo, no de los guardias, que hicieron lo único que podían hacer.

JUCIL explica con detalle la legislación aplicable y la argumentación que en aquella ocasión se dio a los guardias, al igual que se da en todas las actuaciones similares a la de la valla de Melilla.

Desde la asociación mayoritaria de la Guardia Civil, JUCIL, señalan que "las devoluciones se encuentran recogidas en la Ley de Seguridad Ciudadana 4/2015 de 30 de marzo" y que allí se "avala el rechazo en frontera y sólo se excluye del mismo a menores, miembros de colectivos vulnerables y mujeres embarazadas".

Los guardias recuerdan igualmente que también la Ley Orgánica 4/2000 de 1 de enero, de los Derechos y Deberes de los Extranjeros en España, señala en su artículo 58 que "no será preciso expediente de expulsión para la devolución de los extranjeros en los siguientes supuestos:

  • Los que habiendo sido expulsados contravengan la prohibición de entrada en España.
  • Los que pretendan entrar ilegalmente en el país".

Es más, la sentencia de 13 de febrero de 2020 de la Gran Sala del Tribunal Europeo de los Derechos Humanos aclara que "los Estados parte pueden rechazar la entrada en su territorio a aquellos extranjeros que "no hayan ajustado su conducta a los mecanismos de entrada regularizados y previstos", cruzando la frontera por lugares distintos a los habilitados".

Y, todo ello, se encuentra avalado por al menos tres sentencias del Tribunal Constitucional (TC 17/2013 - TC 172/2020 - TC 13/2021) y, además, por el acuerdo bilateral de readmisión de inmigrantes ilegales firmado en 1992 entre España y Marruecos con vigencia legal actual y rubricado en Madrid el 23 de febrero de 1992. Ese acuerdo, de hecho, se firmó para agilizar el mecanismo de expulsión de inmigrantes ilegales.

Desde JUCIL recuerdan que, por si fuera poco, el asalto a la valla se materializó con violencia evidente y un total de 54 guardia civiles heridos, lo cual añade un episodio de necesidad de defensa para los guardias.

Pero, al margen de todo ello, desde JUCIL remarcan que el dispositivo de la Guardia Civil actuó en todo momento, dentro de esos parámetros legales, y, además, bajo órdenes expresas. Traducido: que las devoluciones en caliente se llevaron a cabo por orden expresa de los mandos superiores y, por lo tanto, del último mando a estos efectos, que es el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska.

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