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La ley de 'sólo sí es sí' rebaja dos años la condena de un hombre que violó a una menor

Nuevo caso de rebaja de pena: un condenado por violar a una menor estará dos años menos en la cárcel.

Nuevo caso de rebaja de pena: un condenado por violar a una menor estará dos años menos en la cárcel.
Irene Montero en el pleno del Congreso | EFE

Mientras Irene Montero trata de esquivar la polémica presentándose como "víctima" de "violencia política", continúa el goteo de revisiones de condenas de agresores sexuales por la ley de ‘sólo sí es sí. Este jueves ha trascendido una resolución de la Audiencia Provincial de Valladolid que rebaja de doce a diez años de cárcel la pena que se impuso en su día a un condenado por agredir sexualmente a una adolescente de 16 años.

Según recoge Europa Press, el beneficiado, que responde a las iniciales M. B. B., fue condenado a doce años de cárcel por una agresión sexual a una menor con acceso vaginal. En aplicación de la nueva norma, que rebaja las penas mínimas, el tribunal ha resuelto rebajar la pena a diez años tras oír al fiscal y a las partes. Contra la sentencia cabe recurso ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

La agresión se produjo el 6 de mayo de 2019. Ese día, la menor se escapó del centro de menores de Valladolid donde estaba ingresada y quedó con el acusado, de 18 años, al había conocido dos años antes. La adolescente le pidió que le dejara pasar la noche en su casa y según la sentencia, él accedió y la llevó a su piso en el barrio de Pajarillos, donde había otros jóvenes.

De madrugada, cuando los compañeros de piso se fueron a dormir, se quedaron solos y el acusado comenzó a tocar el cuerpo de la adolescente pese a que ésta le pidió que la dejara. Entonces, el joven le sacó una navaja y exclamó: ¡"Si no follas conmigo te voy a rajar!". La adolescente accedió y el acusado la penetró.

Según informa Europa Press, la menor ha experimentado sentimientos de humillación, episodios autolíticos y de ansiedad aguda tras lo ocurrido y está sometida a tratamiento psiquiátrico y psicológico.

En su primera resolución, la Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia de Valladolid, que fue confirmada por la Sala de lo Civil y Penal del TSJCyL, condenó al hombre a doce años de cárcel y otros cinco de libertad vigilada; además, tendrá prohibido aproximarse a una distancia inferior a 300 metros respecto de de su domicilio, lugar de estudio o trabajo o lugares que esta frecuente, durante 15 años y a establecer contacto con ella.

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