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El Tribunal de Justicia de la UE avala a Llarena y abre una vía para la entrega de los golpistas fugados

Los quince jueces de la Gran Sala sostienen que Bélgica no puede frenar la extradición de Puigdemont y hacer caso omiso de las órdenes de detención.

Los quince jueces de la Gran Sala sostienen que Bélgica no puede frenar la extradición de Puigdemont y hacer caso omiso de las órdenes de detención.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha resuelto que los jueces belgas deberían haber extraditado a Carles Puigdemont y el resto de los golpistas fugados en atención a las euroórdenes dictadas por el magistrado del Tribunal Supremo de España Pablo Llarena. Los quince jueces de la Gran Sala del TJUE sostienen que Puigdemont, Toni Comín y Lluís Puig deberían haber sido entregados a España y que ningún Estado miembro de la Unión Europea puede hacer caso omiso de las peticiones de otro Estado de la UE.

Llarena presentó ante el TJUE una cuestión prejudicial relativa a la negativa de los jueces belgas a extraditar a Lluís Puig, exconsejero de la Generalidad golpista, alegando que existía el riesgo de que se violaran sus derechos fundamentales, que en España había deficiencias judiciales sistemáticas y que el Tribunal Supremo no era competente para juzgar a Puig. La decisión del TJUE es extensiva a los casos de Puigdemont y Comín y también al de Clara Ponsatí, que tras el Brexit decidió abandonar el Reino Unido para instalarse en Bélgica. De los cuatro, sólo Puig no es eurodiputado.

La negativa de los tribunales belgas llevó a Llarena a emprender una nueva vía para la extradición de los prófugos que se ha saldado con una resolución histórica que supone una desautorización en toda regla de los tribunales belgas que protegían a los golpistas y que durante décadas dificultaron la extradición a España de terroristas etarras. En su parte dispositiva, el TJUE asienta el obligado cumplimiento de las Órdenes Europeas de Detención y Entrega (OEDE).

Este éxito de Llarena no significa en ningún caso que se vaya a proceder a la extradición inmediata de los prófugos. Deberá dictar una nueva orden en el caso de Lluís Puig, al que le imputa un delito de malversación y otro de desobediencia, y esperar a una nueva decisión en el caso de los eurodiputados de otro estamento judicial comunitario, el Tribunal General de la Unión Europea (TGUE). Ahí se dilucida si Puigdemont, Comín y Ponsatí gozan de inmunidad parlamentaria por su condición de eurodiputados o si, como sostiene el Parlamento Europeo, no son eurodiputados porque no completaron los trámites legales para asumir el acta y, por tanto, ni son eurodiputados ni gozan de inmunidad alguna. Se prevé que el TGUE decida a finales de febrero o principios de marzo.

Excepciones

En la resolución del TJUE se especifica que caben algunas causas para negar una extradición. En el caso de que se demostrara que en el país emisor de la euroorden hubiera "deficiencias sistémicas" en materia de Derechos Humanos, tutela judicial efectiva o persecución de un grupo o colectivo concreto. Los abogados de los golpistas subrayan que la justicia belga podría seguir negándose a extraditar a sus clientes porque forman parte del colectivo independentista.

Esos letrados acentúan las adversativas de la resolución del TJUE, contra la que no cabe recurso y es de obligado cumplimiento, y alegan que les abre una puerta para defender que sus patrocinados forman parte de un grupo "perseguido" por las autoridades judiciales españolas.

En la parte dispositiva, los jueces del TJUE destacan que "los principios de confianza y reconocimiento mutuo de los Estados miembros constituyen la piedra angular del sistema de cooperación judicial de las Órdenes Europeas de Detención y Entrega" y que "una autoridad judicial de ejecución no puede negarse, en principio, a ejecutar una euroorden basándose en la falta de competencia del órgano jurisdiccional", que es lo que hizo el tribunal belga que cuestionó la competencia del Tribunal Supremo y alegó que el tribunal competente para Puig era el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC).

La interpretación independentista

Los abogados de los golpistas se aferran en su interpretación de la sentencia a que el TJUE advierte de los antedichos supuestos excepcionales: "Si existe un riesgo real de vulneración de ese derecho fundamental debido a deficiencias sistémicas o generalizadas en el funcionamiento del sistema judicial del estado miembro emisor o a deficiencias que afecten a la tutela judicial de un grupo objetivamente identificable de personas al que pertenezca el interesado" y "si, habida cuenta de la situación individual de esa persona, de la naturaleza de la infracción y del contexto fáctico, existen razones serias y fundadas para creer que dicha persona correrá tal riesgo en caso de ser entregada a dicho estado miembro".

"Hoy es un buen día"

El abogado Gonzalo Boye, que lleva la defensa de Puigdemont, Comín y Ponsatí, ha reaccionado en Twitter con un "Hoy es un buen día" y ha añadido que las sentencias "hay que leerlas íntegramente". Trata de esta forma de condicionar la interpretación de los medios independentistas. Boye ya no es letrado que representa a Lluís Puig, quien decidió encargar su defensa al exconsejero de Interior de la Generalidad Miquel Sàmper, de JxCat. Esa decisión ha sido tomada por los separatistas como un intento de Puig de pactar con Llarena que se le retire el cargo de malversación agravada que comporta entre 4 y 14 años de cárcel, ya que los pagos que ordenó en calidad de consejero de Cultura no llegaron a hacerse efectivos.

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