Menú

La justicia rechaza la prisión permanente revisable para el asesino de Marta Calvo porque "sólo" mató a dos antes

La madre de la joven -de 25 años- lamenta la interpretación que los magistrados han hecho del Código Penal. "Nos vemos en el Supremo", anuncia.

La madre de la joven -de 25 años- lamenta la interpretación que los magistrados han hecho del Código Penal. "Nos vemos en el Supremo", anuncia.
Jorge Ignacio Palma en el TSJCV. | EUROPA PRESS

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha confirmado la condena de 159 años y 11 meses de cárcel para Jorge Ignacio Palma. Rechaza -por ende- la petición de prisión permanente revisable realizada por las acusaciones, para el asesino de Marta Calvo, Arliene Ramos y Lady Marcela Vargas, a pesar de que se considera probado que mató a las tres mujeres y lo intentó con otras seis, a las que introdujo cocaína en sus genitales en contra de su voluntad -durante sus encuentros sexuales- y abandonó a su suerte.

Los magistrados consideran que no se le puede imponer atendiendo a la redacción "literal" del artículo del Código Penal que regula esta pena, según ha informado el TSJCV. Aunque con diferentes matices, el tribunal habría llegado a la misma conclusión que la juez que ejerció de presidenta durante el juicio con jurado en la Audiencia Provincial y que dictaminó que la PPR no era de aplicación al interpretar que el artículo 140.2 exige la existencia de más de dos condenas previas por delitos contra la vida.

"Sólo hay dos"

El alto tribunal pone el énfasis en la exigencia de "índole cuantitativa". Según la Sala de lo Civil y lo Penal de TSJCV, el citado artículo establece -indican- que se impondrá la prisión permanente revisableal reo de asesinato "que hubiera sido condenado por la muerte de más de dos personas". En el caso de Marta Calvo, el acusado no habría asesinado a "más" de dos sino exactamente a dos antes que a ella (Arliene y Lady Marcela). La joven valenciana de 25 años sería su tercera víctima.

"El legislador parece dirigirnos a condicionar la hiperagravación a condenas por al menos tres delitos consumados contra la vida, y en nuestro caso sólo hay dos", señala la sala. Los magistrados admiten que hay otra interpretación doctrinal que autoriza a introducir la última condena en las tres entienden que son requeridas por el Código Penal, pero han decidido inclinarse por la más favorable al acusado "en virtud del principio in dubio pro reo".

¿No hubo dolo?

Por otra parte, la Sala de lo Civil y Penal ha confirmado la absolución de Jorge Ignacio Palma del delito contra la integridad moral, en relación con la ocultación del cadáver de Marta Calvo. Según recoge la sentencia, la justificación incluida en el veredicto del jurado "no termina de confirmar la presencia de una actuación dolosa" (con la intención de hacer daño). Llama la atención que sí aumentan sin embargo la indemnización para los familiares de la joven -en 20.000 euros- por el daño moral derivado de no poder recuperar sus restos mortales.

"Una cosa es que la conducta constitutiva del tipo del artículo 173.1 del Código Penal no conste como acreditada y otra muy distinta que el ocultamiento del cadáver haya originado en los padres una angustia añadida a la ya causada por su fallecimiento", argumentan. Cabe recordar en este punto que el cuerpo sigue sin aparecer. La versión de su asesino siempre fue que murió de forma accidental, pero se asustó y la descuartizó. Una justificación muy común entre los responsables de este tipo de crímenes, con el objetivo de que la pena que les impongan en el juicio sea menor.

En declaraciones a LD, la madre de Marta ha expresado su decepción por la interpretación que los magistrados han hecho del Código Civil y que ha dado como resultado esta sentencia del TSJCV, que puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo. De hecho, según ha señalado Marisol Burón a este periódico, así lo hará. "Voy a llegar hasta el final, lo voy a hacer por mi hija y por todas ellas (el resto de las víctimas)", ha dicho. "Nos vemos en el Supremo y espero que nos de la razón".

Temas

En España

    0
    comentarios