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¿Por qué no quiso escuchar la juez al joven con Asperger al que su padre separatista echó por hablar en español?

La magistrada dictó resolución sin permitir que el joven declarara en sede judicial. Él está convencido de que fue "por motivos ideológicos".

La magistrada dictó resolución sin permitir que el joven declarara en sede judicial. Él está convencido de que fue "por motivos ideológicos".
Protesta independentista ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en 2017. | FLICKR

Juan aún no ha podido asimilar todo lo que le está pasando. Hace diez días que su padre, al que califica de "independentista radical", le echó de casa y del trabajo por sus diferencias políticas. El chico -que prefiere preservar su anonimato por miedo a posibles represalias- se siente español, piensa en español y está más cómodo hablando en español. Pero el hombre no sólo no lo respeta sino que lo censura. Ese fue el motivo de la discusión que acabó con el joven -de 21 años y con un 66% de discapacidad- de patitas en la calle.

Le dijo que le iba a "catalanizar" y que tenía prohibido hablar en castellano tanto en casa como en su empresa, ha relatado Juan para Libertad Digital. Cuando el chico se revolvió, su padre le espetó: "Si España está por encima de la familia, márchate". Dicho y hecho. No le dejó llevarse nada, ni siquiera su medicación. Algo muy grave teniendo en cuenta que tiene diagnosticado de Síndrome de Asperger -trastorno del neurodesarrollo que comparte características nucleares con el autismo- y actualmente está en estudio ante la sospecha de que podría padecer alguna otra enfermedad mental.

Al separatista catalán no le importó lo más mínimo en ese momento. Juan salió del domicilio con lo puesto. "Me puse muy nervioso, la situación me produjo mucha ansiedad", reconoce. Necesitó asistencia médica para sofocar la crisis, como refleja el informe médico al que ha tenido acceso este periódico. Éste recoge además que el chico presentaba deshidratación en grado 2 cuando llegó. Lo calmaron, lo restablecieron y -al día siguiente- acudió con su abogada, Vanessa González, a poner la denuncia y solicitar una orden de alejamiento.

"Lo normal en estos casos es que sea el padre el que sale de casa y el chico se quede en la vivienda, o que se llegue a un acuerdo y el padre se haga cargo del pago de un piso para él", nos explica la letrada. Así habría sido si la juez que les tocó hubiera aceptado su petición, como era de esperar tratándose de una persona "especialmente vulnerable". Sin embargo, la magistrada determinó que "no se aprecia situación objetiva de riesgo para el denunciante" sin ni siquiera escucharlo. Algo totalmente atípico, nos hace saber la abogada.

La juez no le quiso escuchar

Al proceder de esa manera, la magistrada no sólo renunció a conocer la historia en boca de la víctima sino que tampoco dio al acusado la oportunidad de -si lo hubiera deseado- "reconocer su culpabilidad". Aunque en comisaría se acogió a su derecho a no declarar, podría haber cambiado de parecer en el tiempo que pasó entre ambas situaciones. "Lo único que ha podido valorar es la declaración que el chico ha efectuado en comisaría", destaca Vanessa González.

Llama la atención que la magistrada no haya permitido declarar al joven, dadas sus circunstancias. Es una persona de especial vulnerabilidad "por su condición de discapacitado" y además se ha quedado "en situación de desamparo", advierte González. Así queda acreditado en la documentación aportada en el juzgado y a la que ha tenido acceso LD. La madre de Juan no puede hacerse cargo. De hecho, él se fue a vivir con su padre -hace diez meses- cuando ella fue desahuciada de la casa en la que vivía con el chico.

Para Vanessa González, es un caso bastante claro. El padre tiene una buena situación social y económica, y el artículo 226 del Código Penal recoge como delito "que se deje de cumplir con los deberes legales de asistencia inherentes a la patria potestad, tutela o guarda o acogimiento familiar". "El abandono de un menor de edad o una persona con discapacidad puede ser castigado con una pena de prisión de hasta 2 años", añade. Podríamos estar hablando, nos explica, "de un delito de abandono de familia y también de un delito de odio".

¿Por qué actuó así la magistrada?

En lo que se refiere a la actuación de la magistrada, aún hay algo más grave. Además de no haber querido escuchar ni al denunciante ni al acusado, no ha argumentado los motivos -como es su obligación- por los que estima que "no ha lugar acordar ninguna medida cautelar" ni a establecer la "comparecencia prevista en el art 544 TER de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECRIM) para decidir si concede una orden de protección a la víctima de violencia doméstica".

Únicamente señala que no aprecia que haya "situación objetiva de riesgo para el denunciante". La abogada prefiere no hacer ninguna valoración sobre la actitud de la juez, pero sí señala que no es habitual que se dicte resolución sin que acusado y víctima presten declaración en sede judicial. Y, por supuesto, tampoco lo es sin que se den los motivos por lo que se adopta una determinada decisión.

Juan, ajeno a los protocolos judiciales y muy vehemente en sus pensamientos, no tiene lugar a dudas: "Es por motivos ideológicos"." Esta es una realidad que tenemos en Cataluña", lamenta, "no hay libertad". Y eso es lo que le ha llevado a querer compartir su historia con los lectores de este periódico, a pesar de su preocupación con la posibilidad de que le identifiquen y le rechacen por ello. "Es muy injusto lo que me ha pasado", asevera. "Estas situaciones pasan a menudo, y la gente lo tiene que saber".

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