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La Fiscalía denuncia al F.C. Barcelona, Bartomeu y Rosell por el caso Negreira

Tal y como adelantó LD, la denuncia es por delitos de corrupción en los negocios, administración desleal y falsedad documental.

Tal y como adelantó LD, la denuncia es por delitos de corrupción en los negocios, administración desleal y falsedad documental.
El presidente del F.C. Barcelona, Joan Laporta. | EFE

La Fiscalía ha presentado finalmente este viernes por la mañana su denuncia por el caso Negreira ante los Juzgados de Instrucción de Barcelona. Tal y como adelantó Libertad Digital la semana pasada, la denuncia elaborada por la Fiscalía Provincial de Barcelona va dirigida contra el F.C. Barcelona, el que fuera presidente de la entidad blaugrana entre 2014 y 2020, Josep María Bartomeu y el exvicepresidente del Comité Técnico de Árbitros (CTA), José María Enríquez Negreira, por delitos de corrupción en los negocios, administración desleal y falsedad documental.

Fuentes fiscales consultadas por LD apuntan que "el Ministerio Público ha decidido denunciar también al expresidente del F.C. Barcelona, Sandro Rosell, por estos hechos, ya que finalmente el periodo inicial de prescripción de los delitos se ha ampliado".

La denuncia también afecta a Albert Soler es exdirectivo de Barça y hasta hace pocas semanas, director general del Consejo Superior de Deportes, segundo de a bordo del organismo tras el secretario de Estado y presidente del mismo, José Manuel Franco. Tanto Franco como Soler estaban bajo las órdenes del ministro de Cultura y Deportes, Miquel Iceta. El Ministerio Público también señala en el escrito al exdirectivo de Barça, Óscar Grau.

El Ministerio Público ha investigado durante meses los pagos del club blaugrana por valor de 7 millones de euros que efectuó desde el año 2001 al entonces vicepresidente del Comité Técnico de Árbitros (CTA), José María Enríquez Negreira. No obstante, las pesquisas se han centrado en los 1,4 millones que recibió entre el año 2016 y el 2018. Dicha investigación comenzó el año pasado a raíz de una inspección de Hacienda a la empresa Dasnil, propiedad del exárbitro.

El delito de corrupción en los negocios afectaría al F.C Barcelona como persona jurídica y a Negreira, mientras el delito de administración desleal salpicaría al expresidente de la entidad Josep María Bartomeu, así como los miembros de su Junta Directiva que firmaron o tuvieron algún tipo de responsabilidad directa en los pagos al entonces nº 2 de los árbitros. Por último, se pediría investigar en la querella un presunto delito de falsedad documental en relación a las posibles facturas falsas que se habrían elaborado para justificar los supuestos asesoramientos falsos de Negreira al Barça".

No es el primer escándalo judicial en el que se ve involucrado el Barcelona o sus directivos. El Juzgado de instrucción nº 13 de Barcelona está investigando a Josep María Bartomeu por una posible administración desleal y corrupción entre particulares por haber contratado presuntamente los servicios de una empresa para realizar campañas de desprestigio contra personas no afines a la junta. Además, el Barcelona fue condenado por fraude fiscal en el caso Neymar

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Sandro Rosell y Josep María Bartomeu.

Los delitos del caso Negreira

El delito de corrupción en los negocios viene recogido en el artículo 286 bis del Código Penal: "El directivo, administrador, empleado o colaborador de una empresa mercantil o de una sociedad que, por sí o por persona interpuesta, reciba, solicite o acepte un beneficio o ventaja no justificados de cualquier naturaleza, u ofrecimiento o promesa de obtenerlo, para sí o para un tercero, como contraprestación para favorecer indebidamente a otro en la adquisición o venta de mercancías, o en la contratación de servicios o en las relaciones comerciales, será castigado con la pena de prisión de seis meses a cuatro años y multa del tanto al triplo del valor del beneficio o ventaja".

"Lo dispuesto en este artículo será aplicable, en sus respectivos casos, a los directivos, administradores, empleados o colaboradores de una entidad deportiva, cualquiera que sea la forma jurídica de ésta, así como a los deportistas, árbitros o jueces, respecto de aquellas conductas que tengan por finalidad predeterminar o alterar de manera deliberada y fraudulenta el resultado de una prueba, encuentro o competición deportiva de especial relevancia económica o deportiva", apunta el Código Penal.

El artículo 252 del Código Penal que recoge el delito de administración desleal señala que serán castigados con la pena de prisión de seis meses hasta tres años "los que teniendo facultades para administrar un patrimonio ajeno, emanadas de la ley, encomendadas por la autoridad o asumidas mediante un negocio jurídico, las infrinjan excediéndose en el ejercicio de las mismas y, de esa manera, causen un perjuicio al patrimonio administrado". Además, la pena puede llegar hasta ocho años de cárcel cuando la cantidad administrada deslealmente supera los 250.000 euros.

Por último, el delito de falsedad documental recogido en el artículo 390 del Código Penal establece que "será castigado con las penas de prisión de tres a seis años, multa de seis a veinticuatro meses e inhabilitación especial por tiempo de dos a seis años, la autoridad o funcionario público que, en el ejercicio de sus funciones, cometa falsedad:

1.º Alterando un documento en alguno de sus elementos o requisitos de carácter esencial.

2.º Simulando un documento en todo o en parte, de manera que induzca a error sobre su autenticidad.

3.º Suponiendo en un acto la intervención de personas que no la han tenido, o atribuyendo a las que han intervenido en él declaraciones o manifestaciones diferentes de las que hubieran hecho.

4.º Faltando a la verdad en la narración de los hechos.

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